El Senado respaldó sin debate las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley que regula las formas de pago de los sobregiros de las cuentas corrientes bancarias, por lo que el texto legal quedó en condiciones de convertirse en ley.

La Cámara propuso que lo dispuesto en la moción entrará en vigencia a contar del primer día del sexto mes posterior al de su publicación en el Diario Oficial, y regirá respecto de los pagos de los créditos que se hayan estipulado en cuentas corrientes bancarias, (…) debiendo los bancos informar a sus clientes en forma previa (…)”.

La nueva fórmula obligará a que el pago del crédito que se haya estipulado para la cuenta corriente bancaria será automático, con los abonos que se hagan a la cuenta corriente correspondiente, siempre y cuando no exista deuda vigente por créditos no estipulados.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá realizarse el pago del crédito que se haya estipulado, mediante el depósito directo de abonos a dicho crédito que sea realizado por caja en las sucursales bancarias que corresponda o a través de las transferencias que el propio comitente determine realizar.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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