Por medio de la Resolución Exenta N°68 del 31 de mayo de 2019, el Servicio de Impuestos Internos (SII) declaró un término de giro masivo a miles de contribuyentes conforme lo señala el inciso final del artículo 69 del Código Tributario.

Cabe tener presente que el inciso final del artículo 69 del Código Tributario establece que: “Cuando la persona, entidad o agrupación presente 36 o más períodos tributarios continuos sin operaciones y no tenga utilidades ni activos pendientes de tributación o no se determinen diferencias netas de impuestos, y no posea deudas tributarias, se presumirá legalmente que ha terminado su giro, lo que deberá ser declarado por el Servicio mediante resolución y sin necesidad de citación previa.

Fuente: iConsulta Tributario

2 comments on “SII declara término de giro masivo a contribuyentes

  1. COMO SE PUEDE SABER SI EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS A DECLARADO TERMINO DE GIRO DE UN CONTRIBUYENTE ‘

  2. En la pagina del SII, en la resolucion indicada hay un anexo con el detalle de los contribuyentes.

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