Operación Renta 2023 Transtecnia

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Operación Renta 2023

La Operación Renta 2023 ya está aquí

Como todos los años, la Operación Renta comienza con la preparación y presentación de las Declaraciones Juradas de Renta, las que contienen información relevante para los procesos de fiscalización del SII respecto de las Declaraciones de Impuesto a la Renta a presentarse durante el mes de abril de cada año.
Mediante las Declaraciones Juradas, las empresas e informantes deben presentar su información sobre los movimientos del año comercial 2022, con las cuales el SII podrá realizar en abril las propuestas de declaraciones de renta para personas y empresas de los regímenes Propyme y Propyme Transparente.

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Contabilidad Legacy

Sistema de Contabilidad Legacy

Legacy, al día

1879

Declaración Jurada anual sobre retenciones efectuadas conforme a los arts. 42 Nº 2 y 48 de la LIR.

1847

Declaración Jurada sobre balance de 8 columnas y otros antecedentes.

1947

Declaración Jurada Anual sobre Base Imponible a tributar con impuestos finales, Créditos y PPMs, correspondientes a propietarios de contribuyentes acogidos al régimen tributario del Nº 8 de la letra D) del artículo 14.

Nota

La DJ 1947 Sólo está disponible para los clientes que hayan contratado el módulo de Régimen Tributario del Art. 14D.

Remuneraciones Digital

Sistema de Remuneraciones Legacy

Legacy

1887

Declaración Jurada anual sobre rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, otros componentes de la remuneración y retenciones del Impuesto Único de Segunda Categoría.

Migración Contabilidad Digital

Sistema de Contabilidad Digital

1879

Declaración Jurada anual sobre retenciones efectuadas conforme a los arts. 42 Nº 2 y 48 de la LIR.

1847

Declaración Jurada sobre balance de 8 columnas y otros antecedentes.

Nota

Haber migrado la información del año 2022 de Legacy a Digital.

 

Si solo se migró la apertura de 2023, la DJ 1879 debe ser generada en Contabilidad Legacy que es donde está la información del año 2022.

Novedades para el AT 2023

El Servicio de Impuestos Internos publicó la resolución 70 de agosto 2022 en la que se establecen cambios a incorporar a algunas Declaraciones Juradas, entre las que se cuentan las siguientes DJ generadas por nuestros sistemas: DJ1879, DJ1887, DJ1947, las que presentan cambios menores tales como cambio en el nombre de algunas columnas.

1879

• Se incorpora una columna para informar las Retenciones del 3% por Préstamo tasa cero o Préstamo Solidario (misma del año anterior).

 

• Tasa de retención de 12,25% para el año 2022.

 

• Presentación automática Declaración Jurada 1879 en base a las boletas de honorarios.

 

• Informe anual de Retenciones del 3% por Préstamo tasa cero, y Certificado de Retenciones del 3% por Préstamo tasa cero.

1887

• Se incorpora una columna para informar las Retenciones del 3% por Préstamo tasa cero o Préstamo Solidario (misma del año anterior).

 

• Presentación automática Declaración Jurada 1887 en base al Libro de Remuneraciones Electrónico.

 

• Informe anual de Retenciones del 3% por Préstamo tasa cero, y Certificado de Retenciones del 3% por Préstamo tasa cero.

 

Plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas

El SII publicó la resolución 95 de octubre 2022 en que establece los plazos de presentación de las declaraciones juradas AT 2023, siendo los siguientes plazos para las DJ generadas por nuestros sistemas:

DJ Contenido Plazo
1879 Retenciones Honorarios 28 de marzo 2023
1887 Sueldos 28 de marzo 2023 (16 de Febrero)
1947 Base Imponible Art 14D N° 8 30 de marzo 2023
1847 Balance de 8 columnas 30 de Junio 2023

Parámetros de generación

Mes

 Factor

 UTM

 Puntos IPC

Enero 2022

1,125

54.442

115,77

Febrero

1,111

54.878

116,10

Marzo

1,108

55.537

118,26

Abril

1,088

55.704

119,91

Mayo

1,073

56.762

121,35

Junio

1,060

57.557

122,48

Julio

1,050

58.248

124,16

Agosto

1,036

58.772

125,67

Septiembre

1,024

59.595

126,75

Octubre

1,015

60.310

127,41

Noviembre

1,010

60.853

128,65

Diciembre

1,000

61.157

129,02

Webinar: Operación Renta AT 2023

Contabilidad financiera tributaria online en Chile

Preguntas Webinar

R: La obligación de presentar el LRE es para todas las empresas que tengan cinco o más trabajadores, e incluye a aquellas que hayan presentado alguna vez el LRE aunque ahora tengan menos de cinco trabajadores, ya que al enviarlo una vez queda obligado a seguir enviándolo.

Los empleadores que tengan menos de cinco trabajadores no están obligados a enviar el LRE, pero tampoco están impedidos de hacerlo, es decir aunque tenga menos de cinco trabajadores de todos modos puede enviar el LRE.

R: Las cantidades percibidas con motivo de indemnizaciones por años de servicios se declaran en la columna Renta total no gravada.

R: La declaración jurada no la presenta la Dirección del Trabajo, esta DJ la confecciona el SII en base a la información disponible en la DT.

Si se debe reemplazar, habría que enviarla como original por ser la primera que se envía.

R: Si el SII presentó la DJ 1887 en nombre del contribuyente, no es necesario hacer nada más, excepto que la información sea errónea o incompleta, y en ese caso el empleador tiene plazo hasta el 28 de marzo para corregirla.

R: Cuando se reliquidan rentas dentro del mismo año, en este caso 2022, esas rentas no se informan como rentas accesorias debido a que el impuesto se pagó en el mismo año, por ejemplo un bono pagado en agosto y que se devengó de enero a julio, el impuesto se retuvo y pagó en agosto.

Cuando se reliquidan rentas devengadas el año anterior, por ejemplo la gratificación anual cuando  se paga entre enero y abril del año siguiente, en este caso se debe informar en el recuadro de rentas accesorias la diferencia de impuesto determinada en el proceso de reliquidación.

R: La declaración jurada no la presenta la Dirección del Trabajo, esta DJ la confecciona el SII en base a la información disponible en la DT.

La gratificación anual correspondiente al año 2022, que se paga entre enero y abril de 2023, debe ser reliquidada y de esa forma se incorpora a la nueva declaración jurada que se debe enviar.

Cuando se reliquidan rentas devengadas el año anterior, por ejemplo la gratificación anual cuando  se paga entre enero y abril del año siguiente, en este caso se debe informar en el recuadro de rentas accesorias la diferencia de impuesto determinada en el proceso de reliquidación.

R: Si la empresa no presentó los Libros de Remuneraciones Electrónicos del año 2022, entonces el SII no tuvo información para confeccionar la propuesta de Declaración Jurada 1887, por lo que el empleador está obligado a presentarla antes del 28 de marzo.

La primera declaración se presenta siempre como Original, y si fuera objetada por el SII se debe enviar la corrección como Rectificatoria.

Además, si la empresa tiene 5 o más trabajadores y no envía los Libros de Remuneraciones Electrónicos, incurre en falta que puede ser sancionada.

R: Si el SII confeccionó la DJ en base a la información de los LRE y el empleador detecta que hay inconsistencias o errores, debe corregir tanto los LRE como la DJ, para lo que debe enviar los Libros de Remuneraciones Electrónicos corregidos a la DT y enviar la DJ al SII antes del 28 de marzo.

> Si te quedaron dudas, revisa el webinar:

¿Dudas sobre la Operación Renta AT 2023?

Contabilidad Legacy:
Cápsula Declaración 1879

Contabilidad Digital:
Cápsula Declaración 1879

Preguntas
frecuentes 1879

Debe estar posicionado en el mes de diciembre del año 2022.

Esta DJ reúne los datos anuales sobre honorarios y retenciones de honorarios ingresados en el sistema.

Antes de generar la DJ 1879, debe ingresar los factores de actualización para la actualización de los datos que contiene la DJ.

El archivo debe ser subido al portal de SII dentro de las declaraciones juradas para renta. El archivo debe estar comprimido en ZIP.

Debe ingresar al Menu Honorarios/Informes/Informe Declaracion Jurada 1879 en donde debe seleccionar imprimir.

Remuneraciones Legacy:
Cápsula Declaración 1887

Preguntas
frecuentes 1887

Esta DJ es un resumen anual de los sueldos, con sus haberes y descuentos correspondientes contenidos en el sistema.

Disco local c/Transtec/RemunSTA, el archivo se guarda con el rut de la empresa y debe ser comprimido en ZIP para poder subirlo al SII.

A través del menú Archivo/Otras/Retenciones, debe seleccionar el trabajador y corregir.

Debe dirigirse al menú Archivo/Otras/Retenciones y al seleccionar el trabajador aparecerá Reliquidado, para corregir debe eliminar una vez y se eliminara la reiquidacion y puede corregir, luego debe volver a ingresar la gratificación anual.

Debe estar posicionado en el mes de diciembre del año 2022.

Antes de generar la DJ 1887, debe ingresar los factores de actualización para la actualización de los datos que contiene la DJ.

El archivo debe ser subido al portal de SII dentro de las declaraciones juradas para renta. El archivo debe estar comprimido en ZIP.

Si tuvo rentas accesorias, debe poner el monto, de lo contrario ingresar 0.

Debe ingresal al menu Liquidaciones y certificados/certificados de impuestos/Declaracion jurada, ingresar las rentas accesorias y luego imprimir.

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Utilizamos información financiera, contable, tributaria y laboral 100% fidedigna y relevante, para añadir valor en las decisiones estratégicas donde deben ser considerados aspectos críticos y claves que facilitarán a las empresas y sus líderes a tomar mejores decisiones de negocios

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