Prepara tus Declaraciones Juradas con las soluciones
Transtecnia
Te acompañamos en este proceso
Las soluciones certificadas para las DDJJ ya están aquí
Como todos los años, damos inicio al proceso de las Declaraciones Juradas, las que contienen información relevante e importante que ayuda a la fiscalización del SII y a la propuesta de la Declaración de Renta anual, que el Servicio hace en el mes de abril de cada año. En este proceso AT 2024, las Declaraciones Juradas, informan los movimientos del año comercial 2023. En Transtecnia ya están disponibles las Declaraciones Juradas: 1887 de sueldos; 1879 de honorarios y 1847 de Balance. Este año tributario, el SII ha propuesto las declaraciones juradas 1879 y 1887, sin embargo, nuestra recomendación es que emitas, generes y compares la información declarada por el servicio, frente a la información real que sale de su empresa a través de nuestros sistemas.
Sistema de Contabilidad Digital
1879
Declaración Jurada anual sobre retenciones efectuadas conforme a los arts. 42 Nº 2 y 48 de la LIR.
1847
Declaración Jurada sobre balance de 8 columnas y otros antecedentes.
Sistema de Remuneraciones Digital
1887
Declaración Jurada anual sobre rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, otros componentes de la remuneración y retenciones del Impuesto Único de Segunda Categoría.
Sistema de Remuneraciones Legacy
Legacy
1887
Declaración Jurada anual sobre rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, otros componentes de la remuneración y retenciones del Impuesto Único de Segunda Categoría.
*Importante: La DJ 1887 en solución legacy será el último año en el cual se podrá emitir.
Novedades para el AT 2024
El Servicio de Impuestos Internos publicó la resolución 93 de agosto 2023 en la que se establecen cambios a incorporar en la DJ 1887 que generan nuestros sistemas de Remuneraciones Legacy y Digital, los cuales consisten en incorporar la cantidad de horas de la jornada semanal de los trabajadores y la indicación estimativa del año en que la empresa se acogerá a las 40 horas.
Parámetros de generación
Mes |
Factor |
% de reajuste |
Enero |
1,045 |
4,5% |
Febrero |
1,037 |
3,7% |
Marzo |
1,037 |
3,7% |
Abril |
1,026 |
2,6% |
Mayo |
1,023 |
2,3% |
Junio |
1,022 |
2,2% |
Julio |
1,023 |
2,3% |
Agosto |
1,020 |
2,0% |
Septiembre |
1,019 |
1,9% |
Octubre |
1,012 |
1,2% |
Noviembre |
1,007 |
0,7% |
Diciembre |
1,000 |
0,0% |
Nota: Se hace presente que, de acuerdo con las disposiciones que rigen el sistema de corrección monetaria de la LIR, cuando el porcentaje de reajuste da como resultado un valor negativo, dicho valor no debe considerarse, igualándose a cero (0), normativa que rige tanto para los efectos de la aplicación de las normas sobre corrección monetaria para ejercicios o períodos finalizados al 31 de diciembre de cada año, como para los términos de giro y demás situaciones de reajustabilidad que establece dicho texto legal.
Reajuste anual:
Para ejercicios iniciados el 01.01.2023 y finalizados el 31.12.2023, el capital propio inicial debe reajustarse en un 4,8%.
Plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas
El SII publicó la resolución 116 de octubre 2023 en que establece los plazos de presentación de las declaraciones juradas AT 2024, siendo los siguientes plazos para las DJ generadas por nuestros sistemas:
DJ | Contenido | Plazo |
1879 | Retenciones Honorarios | 28 de marzo 2024 |
1887 | Sueldos | 28 de marzo 2024 |
1847 | Balance de 8 columnas | 30 de Junio 2024 |
Webinar: Operación Renta AT 2023
Preguntas Webinar
R: La obligación de presentar el LRE es para todas las empresas que tengan cinco o más trabajadores, e incluye a aquellas que hayan presentado alguna vez el LRE aunque ahora tengan menos de cinco trabajadores, ya que al enviarlo una vez queda obligado a seguir enviándolo.
Los empleadores que tengan menos de cinco trabajadores no están obligados a enviar el LRE, pero tampoco están impedidos de hacerlo, es decir aunque tenga menos de cinco trabajadores de todos modos puede enviar el LRE.
R: Las cantidades percibidas con motivo de indemnizaciones por años de servicios se declaran en la columna Renta total no gravada.
R: La declaración jurada no la presenta la Dirección del Trabajo, esta DJ la confecciona el SII en base a la información disponible en la DT.
Si se debe reemplazar, habría que enviarla como original por ser la primera que se envía.
R: Si el SII presentó la DJ 1887 en nombre del contribuyente, no es necesario hacer nada más, excepto que la información sea errónea o incompleta, y en ese caso el empleador tiene plazo hasta el 28 de marzo para corregirla.
R: Cuando se reliquidan rentas dentro del mismo año, en este caso 2022, esas rentas no se informan como rentas accesorias debido a que el impuesto se pagó en el mismo año, por ejemplo un bono pagado en agosto y que se devengó de enero a julio, el impuesto se retuvo y pagó en agosto.
Cuando se reliquidan rentas devengadas el año anterior, por ejemplo la gratificación anual cuando se paga entre enero y abril del año siguiente, en este caso se debe informar en el recuadro de rentas accesorias la diferencia de impuesto determinada en el proceso de reliquidación.
R: La declaración jurada no la presenta la Dirección del Trabajo, esta DJ la confecciona el SII en base a la información disponible en la DT.
La gratificación anual correspondiente al año 2022, que se paga entre enero y abril de 2023, debe ser reliquidada y de esa forma se incorpora a la nueva declaración jurada que se debe enviar.
Cuando se reliquidan rentas devengadas el año anterior, por ejemplo la gratificación anual cuando se paga entre enero y abril del año siguiente, en este caso se debe informar en el recuadro de rentas accesorias la diferencia de impuesto determinada en el proceso de reliquidación.
R: Si la empresa no presentó los Libros de Remuneraciones Electrónicos del año 2022, entonces el SII no tuvo información para confeccionar la propuesta de Declaración Jurada 1887, por lo que el empleador está obligado a presentarla antes del 28 de marzo.
La primera declaración se presenta siempre como Original, y si fuera objetada por el SII se debe enviar la corrección como Rectificatoria.
Además, si la empresa tiene 5 o más trabajadores y no envía los Libros de Remuneraciones Electrónicos, incurre en falta que puede ser sancionada.
R: Si el SII confeccionó la DJ en base a la información de los LRE y el empleador detecta que hay inconsistencias o errores, debe corregir tanto los LRE como la DJ, para lo que debe enviar los Libros de Remuneraciones Electrónicos corregidos a la DT y enviar la DJ al SII antes del 28 de marzo.
Contabilidad Digital:
Cápsula Declaración 1879
Preguntas
frecuentes 1879
Debe estar posicionado en el mes de diciembre del año 2023.
Esta DJ reúne los datos anuales sobre honorarios y retenciones de honorarios ingresados en el sistema.
Antes de generar la DJ 1879, debe ingresar los factores de actualización para la actualización de los datos que contiene la DJ.
El archivo debe ser subido al portal de SII dentro de las declaraciones juradas para renta. El archivo debe estar comprimido en ZIP.
El 28 de marzo de 2024.
Debe ingresar al Menu Honorarios/Informes/Informe Declaracion Jurada 1879 en donde debe seleccionar imprimir.
Remuneraciones Digital:
Declaración 1887
Remuneraciones Legacy:
Declaración 1887
Preguntas
frecuentes 1887
Esta DJ es un resumen anual de los sueldos, con sus haberes y descuentos correspondientes contenidos en el sistema.
Legacy: Disco local c/Transtec/RemunSTA, el archivo se guarda con el rut de la empresa y debe ser comprimido en ZIP para poder subirlo al SII.
A través del menú Archivo/Otras/Retenciones, debe seleccionar el trabajador y corregir.
Debe dirigirse al menú Archivo/Otras/Retenciones y al seleccionar el trabajador aparecerá Reliquidado, para corregir debe eliminar una vez y se eliminara la reiquidacion y puede corregir, luego debe volver a ingresar la gratificación anual.
Debe estar posicionado en el mes de diciembre del año 2023.
Antes de generar la DJ 1887, debe ingresar los factores de actualización para la actualización de los datos que contiene la DJ.
El archivo debe ser subido al portal de SII dentro de las declaraciones juradas para renta. El archivo debe estar comprimido en ZIP.
El 28 de marzo de 2024.
Si tuvo rentas accesorias, debe poner el monto, de lo contrario ingresar 0.
Debe ingresal al menu Liquidaciones y certificados/certificados de impuestos/Declaracion jurada, ingresar las rentas accesorias y luego imprimir.