El Ejecutivo promulgó el miércoles 16 de enero la nueva ley que reforma la legislación bancaria chilena y la sitúa bajo estándares internacionales.

La iniciativa nace a raíz del acuerdo suscrito en Basilea III, donde los gobiernos del mundo asumieron en 2010 una serie de propuestas tendientes a prevenir recesiones como la ocurrida en 2008 en Estados Unidos después de la llamada crisis subprime. Problema económico que afectó a la economía global después de la quiebra de una serie Bancos en los Estados Unidos.

Por esta razón, esta nueva normativa obligará a los bancos con presencia en Chile a aumentar su capital financiero, incluyendo también mecanismos para prevenir problemas de insolvencia. Tal como pasó en nuestro país, por ejemplo, en la década de los 80.

Durante la promulgación de la ley, el presidente Sebastián Piñera, informó que entre los objetivos del nuevo reglamento destacan reducir la posibilidad de quiebras, mejorar estándares en materia de ciberseguridad, facilitación de créditos para las pymes, además de un nuevo modelo de fiscalización para los bancos.

La iniciativa modificará la administración corporativa de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), la que se integrará a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a partir del próximo mes de junio.

Otro tema importante es la capacidad de la Unidad de Análisis Financiero (UAF). En la actualidad, el organismo no cuenta con las condiciones idóneas para realizar una investigación preventiva contra lavado de activos y financiamiento de actividades ilícitas. Actualmente, la Superintendencia revisa la existencia de los controles de los bancos para sus clientes, sin embargo, no supervisa que esto se cumpla.

Con el nuevo régimen, la CMF estaría facultada para compartir información sujeta a reserva bancaria con la Unidad de Análisis Financiero. Además, la comisión tendrá la potestad de evaluar la efectividad de los controles hacia los clientes.

En diciembre pasado el Tribunal Constitucional modificó los artículos sobre secreto bancario y si bien la ley original permitía que el Servicio de Impuestos Internos (SII) pidiera información sin necesidad de tener una autorización judicial en caso de remesas e ingresos de fondos al país, el Tribunal Constitucional modificar tal facultad e hizo necesaria la solicitud de una autorización judicial para indagar eventuales irregularidades por lavado de activos o financiamientos irregulares lo que fue considerado como una obsesión de los jueces constitucionales por el resguardo del secreto en las instituciones financieras.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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