Invitar a una próxima sesión al Conservador de Bienes Raíces de Santiago, un notario de la región de Valparaíso y al abogado jefe del BancoEstado fue el acuerdo que adoptaron los integrantes de la Comisión de Economía, el miércoles 11 de marzo.

Esto luego que la instancia continuara revisando el texto en particular del proyecto que regula la portabilidad financiera, el que cuenta con suma urgencia. Cabe recordar que la norma busca facilitar a las personas naturales y a las micro y pequeñas empresas, a cambiarse proveedor de productos financieros.

Esto quiere decir que todos aquellos que posean una cuenta de ahorro, cuenta vista, chequera electrónica, cuenta de ahorro, línea de crédito, tarjetas de crédito y débito, depósito a plazo, fondo mutuo, crédito de consumo, crédito automotriz, crédito de consumo y crédito hipotecario, entre otros productos, pueden traspasarlos a otra institución con el fin de mejorar sus condiciones en cuanto a tasa de interés, plazos y utilidades.

En la citada sesión, los legisladores retomaron la revisión de las indicaciones de la propuesta que comenzó en noviembre pasado. El trabajo que se ha realizado es revisar las condiciones en que ésta salió aprobada en general por la Comisión de Economía, estudiar las mejoras que propone el Ejecutivo y los senadores, y luego consensuar redacciones.

Las gestiones por parte del Gobierno han estado en manos de la coordinadora del Mercado de Capitales del Ministerio de Economía, Catherine Tornel. La especialista ha respondido las dudas de los senadores de la Comisión y ha trabajado en conjunto con los asesores de éstos.

Portabilidad financiera con subrogación

Usando esta metodología, los parlamentarios analizaron el miércoles 11 todo el capítulo referido al proceso portabilidad financiera con subrogación y los efectos prácticos que podría tener su materialización. En ese entendido, se vio la necesidad de solicitar la opinión de un conservador de bienes raíces, un notario y un abogado o fiscal de un banco respecto la reinscripción de propiedades cuando hay traspaso de acreedor respecto de un crédito hipotecario.

Es importante mencionar algunos conceptos que se generarían con esta nueva ley. Se entiende por “portabilidad sin subrogación”, al proceso que tiene por objeto contratar productos o servicios financieros con un nuevo proveedor y obtener el término de productos o servicios financieros que el cliente mantenga vigentes con el proveedor inicial, extinguiendo en consecuencia todas las garantías que caucionaban dichos productos o servicios.

En tanto, “portabilidad con subrogación” es el proceso por el cual el cliente contrata un nuevo crédito con un nuevo proveedor con la finalidad de pagar un crédito que el cliente mantiene con un proveedor inicial, produciéndose con ello una subrogación real de crédito.

En la sesión se revisó una redacción propuesta por el Ejecutivo referida a la subrogación especial de créditos que se da cuando esta obligación se extingue por el pago de la misma. Esto puede en el caso de un solo proveedor o distintos.

Desde lo práctico, se analizó qué pasa cuando un banco asume el crédito hipotecario de otra entidad. Los senadores consultaron los efectos que puede provocar esta portabilidad en la inscripción de la propiedad bajo un nuevo acreedor, o trámites que podrían dilatar la portabilidad como es realizar un nuevo estudio de título. La intención es que la ley abarate y simplifique los procesos.

Abif

Para analizar la otra cara de la moneda, en la sesión del 15 de enero pasado, se conoció la opinión de la gerencia de estudios de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) respecto al proyecto en estudio.

En la ocasión se reconoció que la movilidad de los créditos no es nueva, particularmente respecto a la renegociación de hipotecarios. Este ítem ha visto un incremento de un 15% a partir del 2017 por el recorte de tasas de interés, todo de acuerdo con la encuesta financiera a hogares que realiza el Banco Central (BC).

La ABIF profundizó en la llamada compra de cartera, que es cuando un banco se hace cargo de las deudas de un cliente con un banco o con varios acreedores. La idea es consolidar distintas deudas disgregadas, todo en un solo crédito con una tasa a convenir. Esta modalidad se suele dar respecto de moras en líneas de crédito y tarjetas de crédito, pero no así respecto de hipotecarios.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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