Antes que el Banco Central (BC) abriera el debate respecto del riesgo sistémico de una huelga en el sector y la necesidad de considerar la opinión de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) en la calificación de servicios mínimos en caso de una eventual paralización, el regulador de la industria ya había emitido una opinión técnica sobre la materia.

El pasado 12 de mayo, el organismo que dirige Eric Parrado respondió un oficio a la Dirección del Trabajo (DT), en el marco de la contienda que aún mantiene abierta Banco Ripley y su sindicato por la definición de servicio mínimo y equipo de emergencia, donde expone su visión sobre los riesgos que tendría en el sistema bancario la ausencia de acciones que son críticas para el funcionamiento de la industria. El informe no hace un análisis particular del Banco Ripley, sino que se ocupa de analizar las funciones que pueden estar dentro de una institución bancaria. Aunque consultada la SBIF por el informe, señalaron que “la opinión que da la Superintendencia de Bancos por solicitud de la Dirección del Trabajo es caso a caso”.

En ese plano, la SBIF sostiene que “los servicios mínimos para el funcionamiento de un banco, son todas aquellas actividades asociadas con el giro bancario y en las que se encuentren estos aspectos involucrados: (i) funcionamiento/continuidad de la cadena de pagos; (ii) resguardo de la fe pública bancaria; (iii) funcionamiento de determinados proveedores externos que otorguen servicios con impacto en la banca; (iv) cumplimiento normativo y reporte de información”.

El documento técnico ejemplifica los “impactos negativos” que pudiera haber en bienes jurídicos de primera relevancia como la estabilidad financiera y la confianza en el sistema bancario, por la no prestación de al menos cuatro funciones.

Una de las primeras tareas críticas que enumera la SBIF tiene que ver con la gestión de la seguridad física y lógica y la detección de fraudes internos y externos. “Para asegurar instalaciones es primordial contar con vigilantes tanto físicos como con elementos de vigilancia remota (salas de monitoreo, cámaras de vigilancia, monitoreo de ATMs -cajeros automáticos-), es necesario que cuenten con controles permanentes que minimicen los riesgos a los que se exponen los diferentes servicios y productos, por ello es necesario que la entidad bancaria mantenga los servicios de monitoreo y contención de fraudes, tanto en canales electrónicos como físicos, ejemplo monitoreo de servicios transaccionales e inspecciones de ATMs para evitar clonación de tarjetas, sitios webs falsos, lo que conllevaría a un daño reputacional de las entidades financieras y, por extensión, propender a una creciente desconfianza de la población en el sistema de pagos”, advierte el regulador.

Otro aspecto clave en la industria que aborda la SBIF es el tecnológico, en el que señala que para asegurar la operación de servicios informáticos, “es esencial la gestión y control de los activos tecnológicos y físicos de los data centers, la gestión de la arquitectura y bases de datos y el soporte y corrección de incidentes en los sistemas críticos de producción”.

Asimismo, dentro de las funciones esenciales el fiscalizador aborda en detalle la administración de la liquidez y gestión de los riesgos financieros que realiza la Tesorería de un banco. “La administración de liquidez es una función permanente y esencial que involucra diversas actividades y operaciones, entre ellas: tareas realizadas para disponer de información sobre la posición de liquidez y los vencimientos de obligaciones, labores de toma de decisiones; realización de operaciones que permitan administrar la posición de liquidez, administración de cuentas del Banco Central y otros bancos, colocación y captación de recursos vía interbancarios o pactos, inversión de excedentes de caja, captación de recursos vía emisión de depósitos a plazo a empresas e inversionistas institucionales”, reseña la SBIF, y añade, si bien “la emisión de deuda también es parte de la administración de liquidez , no es crítica en el corto plazo”.

Precisa que todas las actividades anteriores son necesarias para el registro de las operaciones -de liquidez- en los sistemas del banco, para su debido control (líneas y límites) y posterior administración (contabilización, devengo, valorizaciones, pagos).

Por último, se incluye dentro de las tareas claves el cumplimiento normativo y el reporte de información a la Superintendencia.

El oficio de respuesta a la DT del regulador bancario reconoce el carácter de limitación del derecho a huelga de los servicios mínimos, estableciendo que la provisión de todas las actividades del giro bancario enumeradas en el artículo 69 de la Ley General de Bancos, “se realizarían de forma restringida en comparación con una situación de normal funcionamiento”.

Análisis del gremio.

En enero pasado la Asociación de Bancos (Abif), liderada por Segismundo Schulin-Zeuthen, entregó a la Superintendencia de Bancos una propuesta genérica sobre servicios mínimos.

El gremio identificó más de 30 procesos que en caso de huelga debiesen ser considerados para garantizar la prestación de servicios bancarios, cuyo eje central de definición fue la preservación del funcionamiento del sistema de recaudación y pagos, lo cual determina e influye en la operación de la economía en general.

“Para dimensionar esto, basta imaginar qué ocurriría si las empresas y/o personas no pudieran realizar sus pagos y/o recibir sus remuneraciones. Concretamente, cómo se canalizarían los pagos de las 18,5 millones de tarjetas de débito, el pago de pensiones a los aproximadamente 1,7 millones de pensionados, cuentas de ahorro y depósitos (20 millones), pagos de impuestos (IVA mensual, declaración renta, etc.), entre otros”, advirtió la ABIF.

La industria explicó que se debe considerar el elevado nivel de interconexión a través de las instituciones financieras, que incluye a todos los bancos. Además, plantean que es necesario contemplar en la definición de servicios mínimos las emergencias bancarias, como bloqueos y órdenes de no pago, entre otras. Además, advierten que la determinación de los procesos críticos se ve influenciada por la duración del proceso de negociación y la cobertura geográfica de éstos.

Fuente: Pulso

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