Bitácora Tributaria

22.01.2022

Gravar bienes de lujo: Expertos abordan diferencias con impuesto a "súper ricos" e impacto recaudatorio para PGU

Con el objeto de iniciar los pagos a fines de febrero, intenso ha sido el trabajo que ha impulsado el Ejecutivo junto a la oposición para sacar adelante el proyecto de Pensión Garantizada Universal (PGU), que reemplazaría al Pilar Solidario al establecer un piso para el subsidio en la línea de la pobreza -$185 mil-, monto que sería decreciente desde pensiones base de $630 mil, y excluiría solamente al 10% más rico.

En medio de una semana clave, la iniciativa que crea el instrumento como tal logró sortear su primera valla en el Senado, luego de que la comisión de Trabajo respaldara las indicaciones ingresadas por el Gobierno y parte de las peticiones solicitadas por legisladores. Con esto, ahora el texto pasará a discutirse en la comisión de Hacienda de la misma Corporación, donde también se está analizando la moción que establece el financiamiento de la PGU.

Tras las críticas que recibió la propuesta en un principio, La Moneda optó por introducir seis modificaciones tributarias adicionales que permitirían aumentar la recaudación de 0,35 a 0,67 puntos del PIB, las que se acordaron gracias a las conversaciones entre el Gobierno, legisladores de oposición y parte del equipo del Presidente electo, Gabriel Boric.

Estas apuntan a gravar a las patentes mineras, disminuir el crédito por compras de activo fijo, tributar los excedentes de libre disposición, eliminar la exención tributaria a los contratos de leasing, aumentar la sobretasa al impuesto territorial y establecer un impuesto anual a los bienes de lujos.

Estos dos últimos están dirigidos a los más altos patrimonios del país, al igual que el impuesto a los denominados “súper ricos” que aprobó la Cámara de Diputados en el marco de la PGU, y por el cual La Moneda presentó una reserva de constitucionalidad.

Este gravamen a bienes de lujo, busca incorporar un tributo anual de tasa 2,0% sobre el valor de tasación fiscal o valor de mercado, según corresponda, que se pagaría de manera adicional al pago de permisos de circulación o equivalente por la propiedad de bienes de lujo, como vehículos, helicópteros de uso privado, aviones de uso privado, yates, y automóviles con valor de tasación mayor a $40 millones.

¿A quién afectaría el impuesto al lujo?

De acuerdo al informe financiero, esta nueva sobretasa a los bienes de lujo gravaría a 171 unidades de helicópteros privados en el país, cuyo precio promedio es de US$300 mil cada uno, los aviones privados, en tanto, serían 994 unidades, con un precio promedio de US$3,5 millones.

En el caso de los yates, habrían 866 que estarían afectos a este impuesto, con un precio promedio de US$500 mil, mientras que autos avaluados en más de $40 millones habría 40 mil unidades.

Así, en total, la recaudación que se lograría con este impuesto sería de $118.213 millones (US$146 millones) en régimen.

¿”Super ricos” o lujo?

Consultado por las diferencias entre el denominado impuesto a los “súper ricos” que aprobaron los diputados, pese al rechazo del Ejecutivo, y la propuesta para gravar los bienes de lujo, Álvaro Moraga, abogado de Moraga & Cía, manifestó “la diferencia fundamental está dada porque en el primer caso se trata de un gravamen sobre el patrimonio de la persona, y en el segundo caso se trata de un gravamen a bienes específicos. En ese sentido es más simple y de mucha mayor facilidad de recaudación”.

En línea con lo anterior, Rodrigo Cabrera, socio de CBC abogados, mencionó “el impuesto a los ‘súper ricos’ grava el patrimonio en su totalidad, mientras que la propuesta del Gobierno grava el patrimonio a través de bienes específicos con instrumentos ya conocidos, como son las contribuciones o el permiso de circulación de bienes de lujo”.

“En término prácticos, el impuesto que pretende el Congreso es complejo de administrar y recaudar, e implica una serie de tareas por parte de la autoridad tributaria para la determinación de la base impositiva que no se han discutido profundamente desde el punto de vista de su factibilidad”, agregó.

Por su parte, Matías Pascuali, docente investigador del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa de la Universidad del Desarrollo, sostuvo “me parece que de las propuestas que existen de gravar el patrimonio es la menos mala, ya que se propone gravar bienes específicos que son considerados suntuarios, es decir, de lujo, a diferencia del mal llamado impuesto a los ‘súper ricos’ que grava el patrimonio completo de una persona”.

“Los grandes problemas del impuesto a los ‘súper ricos’ son, en mi opinión que es un impuesto que castiga al ahorro y promueve el consumo”, acotó.

En tanto, Nicolás Brancoli, socio de Impuestos de EY, expuso “dado el contexto actual, el impuesto a los bienes de lujo, sin duda, aparece como menos nocivo que el impuesto al patrimonio como fue planteado originalmente, dado que es más acotado y por lo mismo sus efectos negativos debieran tener un menor impacto”.

¿Recaudaría?

Según Andrés Ossandón, abogado socio de Arteaga Gorziglia y director del área tributaria del estudio, el impuesto al lujo sí sería un método de efectivo de recaudación fiscal. Esto, ya que “la aplicación de un impuesto sobre un activo inmovilizado, sujetos a registro, como es el caso de los yates, helicóptero, aviones y automóviles, permite una fácil determinación de la base imponible afecta a impuesto y simplifica su fiscalización, en comparación a la aplicación de un impuesto sobre activos cuya valorización debe determinarse previamente, o activos líquidos o móviles, en donde un impuesto sobre ellos sería de difícil cumplimiento, implementación y fiscalización”.

Sin embargo, Cabrera, socio de CBC abogados, señaló que, en general, “la experiencia ha demostrado que establecer impuestos al patrimonio de las personas, no es la forma más efectiva para recaudar”.

Y agregó que “aun cuando la idea del Gobierno, en principio, parece ir por la senda correcta, si lo que se pretende es generar una mayor recaudación afectando únicamente a quienes tienen mayores recursos, al ser presentada como una alternativa al proyecto del Congreso carece de una discusión detallada, tanto técnica como política, respecto de la efectividad de este tipo de tributos, su impacto en la economía y la capacidad contributiva de estos contribuyentes”.

En tanto, Moraga remarcó que “soy contrario al convencimiento general de que más impuestos significa más recaudación. Si no hay actividad económica que le permita a las empresas tener ganancias, no habrá impuesto a la renta. Si no hay actividad económica que permita el consumo, no habrá IVA. Y en este caso, con mucha mayor razón es bastante cuestionable que sea un eficiente método de recaudación”, y apuntó “más bien lo veo como un desincentivo a determinadas industrias”.

Ahora bien, respecto al otro tributo sobre la mesa, que aumentaría la sobretasa al impuesto territorial que aplica a contribuyentes que tengan propiedades cuyos avalúos fiscales superen los $400 millones, y que también aplica para los más altos patrimonios, Pascuali indicó “es otra idea que no me parece mal, dentro de los problemas que tiene el impuesto al patrimonio, en este caso inmobiliario, ya que refleja el principio de progresividad que deben tener los impuestos”.

Brancoli, por su parte, dijo que “hay cierto consenso en Chile que quienes más tienen pueden contribuir más a los nuevos desafíos del país, pero esto debe hacerse de forma responsable, con medidas serias que además de la recaudación pongan el foco en que Chile necesita atraer inversión, fomentar su crecimiento y otorgar seguridad jurídica en los negocios”.

Mientras que Ossandón zanjó que “toda alternativa y aumento de impuestos siempre debe considerar el impacto en las inversiones, considerando especialmente que tratándose de bienes inmuebles estos ya son objeto del pago del impuesto territorial, y su compraventa puede encontrarse afecta a impuestos a la renta e impuesto al valor agregado. De esta forma, un incremento de la sobretasa correspondiente al tramo mayor tendrá un impacto en las rentabilidades de esos activos, y eventualmente podría impactar en el mediano plazo la decisión de inversión sobre ellos”.

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1 comment on “Gravar bienes de lujo: Expertos abordan diferencias con impuesto a “súper ricos” e impacto recaudatorio para PGU

  1. Soy propietaria de 2 hoteles con capacidad de 80 habitaciones en total.
    El año 2012 después de muchos años de ahorro logré adquirir un station BMW por 25 millones, compra que cuestioné por mucho tiempo por el alto valor del vehículo. Si quisiera en estos momentos renovar mi joya, el valor supera los 60 millones, precio que en estos momentos es imposible pagar, pero si pudiera hacerlo, créanme que no pertenezco al grupo de los súper ricos. Hoy en día los precios de los vehículos en general son una locura, es cuestión de cotizar el mercado y se darán cuenta de que si queremos un auto con mayor seguridad y confort tenemos que pagar el “ impuesto para los más ricos”. Cómo comparar la compra de un avión, yate, helicópteros con un vehículo que muchas veces soñamos obtener?.

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