Bitácora Tributaria

23.04.2022

A la Sala proyecto que modifica la ley que reduce o elimina exenciones tributarias

La Comisión de Hacienda aprobó, de forma unánime, el proyecto que modifica la Ley 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias  (boletín 14830).

En la sesión, estuvo presente la ministra (S) de Hacienda, Claudia Sanhueza, y el titular de la subdirección normativa del SII, Simón Ramírez. Especificaron que la iniciativa corrige “algunos errores que quedaron en las normas transitorias de la Ley 21.420”.

Se explicó que, lo más relevante, apunta a la fecha en que se debe entender como derogado o sin efecto la eliminación de un ámbito de la Ley del IVA. Él establece la posibilidad de aprovechar como crédito fiscal a quienes venden actualmente bienes corporales inmuebles.

Ramírez precisó que ello está vinculado también con la derogación o eliminación del artículo 21 del decreto ley 910. “La idea es que estas dos modificaciones, estas dos normas qué se eliminan, se eliminan conjuntamente a partir de enero del 2025”, acotó.

Alcances de las modificaciones

Las normas transitorias del Ejecutivo permiten deducir un 0,325 del débito del Impuesto al Valor Agregado. Ello será aplicable para los contratos generales de construcción que se suscriban con entidades e instituciones. Estos podrán referir a materias de ampliación, modificación, reparación, mantenimiento o urbanización de viviendas sociales.

En la misma línea se adscriben las adjudicaciones que recaigan sobre bienes corporales inmuebles para habitación. Esto cuando las realicen los socios, comuneros o cooperados indicados en el Decreto Ley 910. Además, se requiere que los contratos o adjudicaciones sean celebrados con anterioridad al 1 de enero del año 2023 y que hayan obtenido el respectivo permiso municipal de edificación y/o las obras se hayan iniciado, según corresponda, a contar del 1 de enero del año 2025.

Las operaciones realizadas entre el 01 de abril de 2022 y la fecha de publicación de esta ley, que al 31 de marzo de 2022 hubiesen podido acogerse a lo dispuesto en el Decreto Ley 910, de 1975, y en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Decreto Ley 825, de 1974, se regirán por el texto vigente al 31 de marzo de 2022.

Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia

Facebook
Twitter
LinkedIn

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

42 horas hasta 42% DCTO.
únete al boletín informativo Transtecnia
Suscríbete al boletín

de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

Más artículos

El Debe y Haber de Contadores y Empresarios

El Debe y Haber de Contadores y Empresarios

La nueva responsabilidad frente a la información crítica de la empresa. Durante décadas, el “Debe” y el “Haber” fueron entendidos como la base técnica de la contabilidad, una forma de ordenar los hechos económicos, una regla de equilibrio, un lenguaje profesional reservado para contadores…

Leer más >>
¡Caos en la administración pública y privada!

¡Caos en la administración pública y privada!

La ilusión del control… y la inteligencia artificial como falsa varita mágica frente a la ignorancia. Vivimos una paradoja inquietante: nunca las empresas, instituciones públicas, organizaciones privadas, municipios, servicios, universidades, fundaciones y corporaciones han tenido tantos sistemas, tantos datos, tantos reportes, tantos indicadores y tantas herramientas tecnológicas disponibles y, sin embargo, pocas veces ha sido tan evidente el desorden con que se administran los recursos públicos y privados…

Leer más >>
¿Quién es el responsable? Cuando la confianza no basta en los procesos críticos de tu empresa

¿Quién es el responsable? Cuando la confianza no basta en los procesos críticos de tu empresa

Durante años aceptamos una idea peligrosa: que la contabilidad funcionaba porque confiábamos en el contador, confiábamos en que el mes estaba contabilizado, confiábamos en que los documentos estaban registrados, confiábamos en que las conciliaciones estaban hechas, confiábamos en que los ajustes fueron incorporados, confiábamos en el balance presentado era el correcto, confiábamos en que el proceso estaba cerrado; pero hay una pregunta que rara vez se hace con suficiente fuerza…

Leer más >>

Últimos comentarios

0
    0
    Carro de Compras
    No tienes comprasAgregar servicios
    42 horas hasta 42% DCTO.
    42 horas hasta 42% DCTO.