El Ministerio del Trabajo y Previsión Social y la Superintendencia de Pensiones (SP) anunciaron hoy una nueva norma de carácter general sobre traspaso electrónico de afiliados entre administradoras de fondos de pensiones, mediante la cual facilita y simplifica el traspaso seguro entre AFP. Para esto, se permitirá efectuar dichas transacciones sin necesidad de un enrolamiento previo por parte del usuario o que éste con anterioridad deba obtener una clave de seguridad, como se exige en la actualidad.
La normativa anterior establecía que para traspasar electrónicamente los saldos de las distintas cuentas individuales desde una AFP hacia otra, el afiliado o trabajador requería una clave de seguridad para efectuar la operación, requisito que cumple sólo el 12,9% de los afiliados. La nueva disposición se hace cargo de ese diagnóstico, introduciendo exigencias de competencia entre las AFP para reducir los pasos necesarios para concretar el traspaso electrónico entre administradoras: (i) El afiliado ingresa y se autentifica en la plataforma de la AFP de destino; (ii) Escoge los saldos a transferir y acepta la transacción; (iii) Puede requerir traspasar todos sus saldos de inmediato o sólo algunos de ellos.
Para lo anterior, se permite la autentificación del afiliado o trabajador en la AFP de destino a través de mecanismos remotos, de manera que pueda realizar en línea el traspaso electrónico de saldos, con o sin asistencia de un agente de ventas. Con el objetivo de velar por la seguridad e idoneidad de dichas operaciones, los mecanismos remotos utilizados deberán contar con la autorización de la Superintendencia de Pensiones, luego de lo cual deben ser reconocidos por todas las AFP como mecanismos válidos de autentificación.
Asimismo, se mantendrá la posibilidad para que aquellos afiliados o trabajadores que tengan su clave de seguridad, puedan utilizarla para efectuar el traspaso electrónico si así lo estiman. También se mantendrán las alternativas actuales de traspaso en papel y en agencia.
Las administradoras de fondos de pensiones tendrán hasta el 1 de agosto de 2019 para incorporar las herramientas y mejoras tecnológicas que aseguren cumplir con la normativa.
Mayor competencia
El objetivo de la nueva normativa es facilitar y apoyar a los afiliados en la selección de una AFP, incentivando de esta forma la competencia entre administradoras y que los trabajadores opten por aquellas que entreguen un mejor servicio, cobren menores comisiones u obtengan mayor rentabilidad con sus ahorros previsionales. Esto contribuirá a que las gestoras previsionales se esfuercen en atraer a los afiliados mediante un mejor desempeño.
Las AFP deberán disponer de dispositivos de identificación biométrica u otros mecanismos autorizados de autentificación remota, así como también podrán desarrollar aplicaciones APP para implementar el traspaso electrónico. Los instrumentos o medios electrónicos deberán contar con certificados de eficiencia (que aseguren que la autentificación de los usuarios es correcta), los que deberán ser otorgados por entidades especializadas y presentados a la Superintendencia para su posterior aprobación o rechazo.
La idea es que utilizando un mismo mecanismo de autentificación remota, la AFP de destino asegure la verificación automática de la identidad del afiliado y, en caso que corresponda, del vendedor que está realizando la operación de traspaso. Las transacciones se podrán realizar desde un computador de escritorio, smartphone, tablet u otro dispositivo con conexión a internet.
Lo anterior implica la interacción de las AFP en una plataforma única y en la que deberán tener a disposición del afiliado, antes de ejercer la opción de traspaso, toda información actualizada sobre las comisiones que cobran para la distintas cuentas personales que se están traspasando, la rentabilidad real de los últimos 36 meses de los fondos de pensiones y una leyenda que indique dónde informarse respecto de la calidad de servicio de las AFP.
La plataforma dará acceso a la herramienta web “Infórmate y Decide”, ubicada en el sitio www.spensiones.cl, y que permite comparar distintos aspectos de la calidad de servicio de las administradoras.
Por último, la nueva modalidad también mitigará los riesgos del proceso comercial y dotará de mayor seguridad al proceso, ya que al asegurar que afiliado y vendedor estén presentes durante el traspaso se garantiza la autenticidad de la transacción, se mitiga el riesgo de suplantación de identidad, se registra la trazabilidad del traspaso y se contribuye a una fiscalización más eficaz y oportuna. Desde ahora será también obligación la autentificación de los agentes de ventas que participen en ese tipo de traspasos electrónicos, lo que además permitirá validar su calidad como personal vigente de la administradora.
Fuente: Estrategia