Con el objeto de promover las mejores prácticas en materia de gobierno corporativo y ética empresarial, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) inició el proceso de convocatoria a los actores del sector privado para participar de la conformación el Comité de Autorregulación Financiera, entidad establecida por la Ley N°21.000.

Para aquellas entidades que manifiesten la voluntad de formar parte del Comité de Autorregulación Financiera, el Consejo de la CMF aprobó la Norma de Carácter General N°423 que establece que las entidades obligadas a autorregularse, tales como, los intermediarios de valores de oferta pública, las bolsas de valores, las bolsas de productos, las administradoras generales de fondos y las administradoras de carteras individuales fiscalizadas por la Comisión, así como cualquier otra entidad fiscalizada por la CMF, que participe del mercado financiero y estime conveniente participar del Comité de Autorregulación Financiera, deberá informar ese hecho a este Servicio a más tardar el 16 de marzo de 2018, a través del Sistema de Envío de Información en Línea (SEIL).

Asimismo, aquellas entidades que no son fiscalizadas por la CMF pero que deseen formar parte del Comité deberán ingresar una presentación firmada por su representante legal indicando dicha intención, el nombre o razón social, RUT, sector financiero al que pertenece, y el nombre, teléfono y correo electrónico de la persona que podrá ser contactada para esos fines.

La CMF publicará en su sitio web www.cmfchile.cl la información de contacto de todos quienes hayan manifestado su intención de formar parte del Comité de Autorregulación Financiera, con el fin de que los interesados puedan coordinar la conformación y designación del subcomité de designación descrito en el artículo 73 del D.L. N°3.538.

Norma en consulta sobre Códigos de Conducta

Para aquellas entidades obligadas a autorregularse y que no participen del Comité de Autorregulación Financiera, el Consejo de la CMF aprobó someter a consulta pública, una norma que detalla la estructura y procedimientos de envío de los Códigos de Conducta de estas entidades, debidamente aprobado por su directorio.

Estas normas de conducta deben estar referidas a materias de gobierno corporativo, ética empresarial, transparencia y competencia leal, y estructuradas bajo las siguientes áreas temáticas: Relación con clientes, Relación con terceros y Relación al interior de la entidad.

Una vez concluido el periodo de consulta pública y aprobada la norma mencionada, las entidades deberán remitir sus normas y Códigos de Conducta para aprobación de la Comisión, a través del Módulo SEIL, a más tardar el día 14 de junio de 2018, conforme lo establece el artículo séptimo transitorio de la Ley N°21.000. Dichos códigos serán publicados por las entidades y por la Comisión.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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