Recibir en audiencia al Subsecretario de Economía, a representantes del Banco Central (BC) y a los responsables de los registros o bancos de datos personales fue el acuerdo al que llegaron los integrantes de la Comisión de Economía en su última sesión (ver detalles de la sesión).
Los legisladores comenzaron el estudio del proyecto iniciado en moción de los senadores Francisco Chahuán, Carmen Gloria Aravena, Ximena Rincón, Álvaro Elizalde y Felipe Harboe, que modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, para establecer la disposición excepcional que señala.
La intención es que las bases de datos no puedan informar las deudas de los morosos a las entidades financieras, todo con el fin de permitir que los pequeños empresarios que han visto afectadas sus utilidades producto de la pandemia, puedan acceder a créditos bancarios y, por tanto, reactivar sus inversiones.
La disposición establece que “no podrán informarse los compromisos adquiridos antes del 1 de abril de 2020 y se encuentren impagos, y siempre que la deuda no supere los 10 millones de pesos”.
El presidente accidental de la Comisión, el senador Harboe aclaró que “la intención es impedir la entrega de información, pero en ningún caso eliminar esos datos. Las instituciones que manejan dichos registros como Equifax y otros, es claro que van a estar en contra de este proyecto, pero lo importante es que se trata de apoyar el emprendimiento en esta crisis”.
UNIVERSO DE BENEFICIADOS
El presidente del Consejo la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Joaquín Cortez realizó comentarios preliminares respecto al texto. “Nosotros como Consejo debemos velar por la estabilidad financiera y el desarrollo de los mercados financieros, donde se considera la inclusión financiera. El sistema financiero tiene muchos riesgos pero el principal es el crédito”, describió.
“Contar con información crediticia oportuna tiene efectos positivos porque al final termina mejorando el acceso al crédito al permitir que las instituciones financieras puedan identificar a buenos pagadores. Sabemos que el Ejecutivo está generando una base consolidada de deudas y es un anhelo que tenemos por años, pero mientras se debe recurrir a las bases de datos que operen empresas”, manifestó.
Cortez reconoció los efectos negativos de la norma. “Creemos que este cambio podría hacer más complejo el acceso al crédito porque las instituciones que los otorgan podrían actuar con mayor aversión al riesgo. También podría afectar los incentivos al pago y generar más sobreendeudamiento”, reconoció.
Según las cifras que maneja la CMF, a junio del 2020, considerando deudas por créditos de consumo, hipotecarios y comerciales, cuyos acreedores son los bancos y las cooperativas, y la morosidad que va desde un día a años, existirán 7 millones 300 mil deudores. De éstos, 2 millones 600 mil tienen la condición de morosos y de éstos, un millón 800 mil podrían acogerse a esta ley, es decir, no se informaría su estado de deuda.
PROYECTO
La norma modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, agregándose un artículo transitorio, del siguiente tenor:
“Los responsables de los registros o bancos de datos personales que traten información señalada en el artículo 17 de esta ley, no podrán comunicar los datos relativos a esas obligaciones que se hayan hecho exigibles antes del 1 de abril de 2020 y se encuentren impagas, siempre que el total de obligaciones impagas del titular que comunique el registro o banco de datos a la fecha de publicación de esta ley sea inferior a 10 millones de pesos por concepto de capital, excluyendo intereses, reajustes y cualquier otro rubro”.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia