La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra del banco Scotiabank Chile y le ordenó cesar los llamados telefónicos al recurrente por el cobro de una deuda que pertenece a la madre del afectado con la que no tiene contacto desde hace años.
En fallo unánime del 17 de julio de 2018 en la causa Rol 43173-2018, la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Zepeda, Fernando Carreño y Ana María Osorio– acogió la acción cautelar presentada, tras establecer el actuar arbitrario e ilegal de la entidad bancaria.
Señaló al efecto que “resulta que es un hecho no controvertido que se han efectuado llamados telefónicos al recurrente por una deuda ajena, los cuales, constituyen actos arbitrarios e ilegales, pues el ordenamiento jurídico no autoriza a efectuar gestiones de cobranza extrajudicial respecto de terceros ajenos a la obligación que se pretende cobrar. Estos actos vulneran la integridad psíquica del recurrente, ocasionándoles molestias indebidas”.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia