En febrero de 2021 debía hacerse operativa la ley que establece el pago a 30 días. La contingencia fruto de la crisis social y política, y la realidad de diversas áreas productivas ha llevado a las propias empresas a solicitar que se acelere la entrada en vigencia de esta norma
Ese es el objetivo de la iniciativa en segundo trámite, que fue aprobada por unanimidad -en general y particular- por los legisladores presentes en la última sesión ordinaria. De esta forma, la llamada ley de pago a 30 días, comenzará a materializarse en un plazo de 3 meses desde publicada esta norma, es decir, entre febrero y marzo del 2020.
El senador José Miguel Durana, presidente de la Comisión de Economía, dio cuenta del texto a la Sala, explicando por qué resulta necesario apurar este cuerpo legal. “Hoy las pymes están en crisis y creemos que con un efectivo pago a 30 días, podríamos contribuir en algo a su reactivación”, comentó complementando que “es necesario revisar los temas asociados como la emisión de guías de despacho, los registros de los contratos que celebran las partes y el pago del IVA al crédito”.
Cabe considerar que más temprano, la citada instancia legislativa sesionó y aprobó la propuesta tras escuchar al Ministro de Economía, Lucas Palacios.
Durante la discusión también hicieron uso de la palabra los senadores Francisco Chahuán, Iván Moreira, Álvaro Elizalde, Felipe Harboe y Rodrigo Galilea. En las argumentaciones se mencionó que los propios integrantes de la Comisión de Economía hicieron ver en su oportunidad, que el plazo de la entrada en vigencia era excesivo, prediciendo –de alguna manera- los problemas que hoy se observan.
Respecto de esto, se mencionaron las complicaciones que ha generado el uso de la guía electrónica -particularmente la silvicultura donde hay problemas de acceso a internet-; la obligación de registrar contratos; la excepción que aún tienen los municipios y el sector salud de pagar dentro de 30 días; y la situación en que incurren las grandes empresas que piden la orden de compra y luego la factura para concretar el pago, lo que extiende los plazos en demasía.
El mensaje explica que “con el objeto de otorgar gradualidad en la implementación de la obligación de efectuar los pagos dentro del plazo de treinta días, y que las empresas pudieran adaptarse a este nuevo sistema de pago, se estableció una norma transitoria que consideraba un periodo de ajuste de veinticuatro meses, contados desde la publicación de dicha ley.
Sin embargo, considerando las necesidades de financiamiento de las medianas y pequeñas empresas, se ha estimado imperioso adelantar la vigencia de la obligación de efectuar el pago dentro del plazo máximo de treinta días.
Dado lo anterior, se ha estimado necesario adelantar la entrada en vigencia de la obligación de pago en un plazo de máximo de 30 días, inicialmente prevista para el mes de febrero del año 2021, una vez transcurridos tres meses desde la publicación de la ley que por este proyecto se propone”.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia