La Superintendencia de Pensiones publicó las normas que modifican los Regímenes de Inversión que permitirán la inversión en activos alternativos por parte de los Fondos de Pensiones y del Fondo de Cesantía Solidario. Ello, en cumplimiento con la Ley de Productividad promulgada en octubre de 2016. El nuevo esquema entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2017.
El objetivo final de estos cambios es que los afiliados obtengan una mayor pensión. Con esta ley se busca una mayor diversificación de las inversiones, ampliar el universo de inversiones de largo plazo e invertir en forma directa en una mayor variedad de activos con eventuales ahorros de costos para los Fondos de Pensiones y de Cesantía Solidario. Ese conjunto de herramientas permitirán mejorar la rentabilidad de los fondos previsionales.
“Sabemos que la rentabilidad es un elemento fundamental para construir una buena pensión. Un punto más de rentabilidad durante toda la vida laboral de un afiliado o afiliada puede aumentar en cerca de 25% el monto que recibirá al momento del retiro. Es por eso que estos cambios son un hito importante que contribuirá, en el mediano y largo plazo, a cumplir el objetivo de mejorar las pensiones”, señaló el Superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías.
Cabe recordar que estas normas fueron sometidas a dos períodos de consultas, en que se recibieron observaciones y comentarios de 34 agentes del mercado, expertos y entidades públicas. Adicionalmente, los cambios fueron revisados por el Consejo Técnico de Inversiones (CTI), entidad que emitió su informe favorable, y por el Ministerio de Hacienda, que finalmente visó los cambios.
En paralelo, el Banco Central fijó los límites estructurales máximos de inversiones en activos alternativos para cada tipo de Fondo de Pensiones y para el Fondo de Cesantía Solidario, los que fueron informados por el instituto emisor el 11 de octubre. Estos son: 10% en el caso del Fondo A (Más riesgoso), 8% para el Fondo B, 6% para el Fondo C, y para los Fondos, D, E y de Cesantía Solidario el límite es 5%.
Esto quiere decir que, por ejemplo, el fondo A puede tener como máximo un 10% de sus recursos invertidos en activos alternativos. Para el fondo E, en cambio, los activos alternativos no pueden representar más del 5% de su cartera.
En el mercado nacional los Fondos de Pensiones podrán entrar a la propiedad de las sociedades concesionarias que construyen puertos, aeropuertos o autopistas. Además podrán adquirir hoteles, centros comerciales o edificios de oficinas para arriendo, entre otros. En el extranjero podrán invertir en fondos que invierten en acciones y deuda de empresas que no se transan en bolsas de valores, entre otros.
La Ley de Productividad promulgada en octubre del año pasado, además de la opción de invertir en activos alternativos, establece otros cambios a la regulación de las inversiones de los Fondos de Pensiones y del Fondo de Cesantía Solidario que también regirán desde noviembre de 2017. Algunos de éstos son que se permite la inversión de los Fondos de Pensiones y de Cesantía Solidario en bonos emitidos por fondos de inversión nacionales.
Se eliminan los aportes comprometidos mediante los contratos de promesa de suscripción y pago de cuotas de fondos de inversión en el cómputo de los límites de renta variable y activos restringidos. Se aumenta el límite por emisor aplicable a las cuotas de fondos de inversión nacionales desde el 35% al 49%, entre otros.
Fuente: Estrategia