Cerca de dos años lleva el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) intentando que ocho entidades bancarias eliminen de los contratos con sus clientes una serie de cláusulas relativas a eventuales fraudes.

Según el Sernac, en estas “las entidades buscaban eximirse anticipadamente de su responsabilidad en caso que los consumidores fueran víctimas de fraudes realizados por terceros, entre ellos, engaños como phishing y pharming, y el uso fraudulento de sus claves”.

Por ello, en marzo de 2017 el organismo anunció que inició mediaciones colectivas con ocho bancos: Consorcio, Banco Internacional, BICE, Santander, Banco Falabella, Security, BCI y Scotiabank. En tanto, Banco de Chile no fue incluido en la mediación porque ya lo habían resuelto mediante otro mecanismo. Y ahora estas mediaciones están en recta final.

Desde la semana pasada BCI ha estado informando a sus clientes de cambios en sus cláusulas “que a juicio del Sernac no se ajustaban estrictamente a la Ley del Consumidor actualmente vigente”.

Los cambios al contrato de la compañía controlada por la familia Yarur Rey se aplicaron a tarjetas de débito, crédito, y el servicio BCI Cash Express y E-Pyme, donde la entidad básicamente agregó en el contrato que el cliente no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas luego de que avise a este banco del extravío, robo o hurto de su tarjeta o las adicionales.

En el caso del BCI Cash Express y E-Pyme, el usuario debe dar aviso de extravío, hurto, robo, mal uso de los elementos de seguridad y firma electrónica, y luego de ello no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas.

Eso sí, BCI no ha sido el único con el cual el organismo de defensa al consumidor ha llegado a un acuerdo, pues ha logrado que en total sean siete entidades financieras las que ajusten sus contratos a los estándares que establece la Ley del Consumidor, según detalló el Sernac.

En ese sentido, agregó el organismo que “a través del proceso de mediación colectiva, se logró el ajuste a la Ley del Consumidor y a la Ley 20.009, en el sentido de que esos cargos no serán asumidos por el consumidor una vez que realice el respectivo aviso a la institución financiera”.

Sin embargo, hay una compañía con la que el Servicio no llegó a puerto. “Sólo con el Banco Santander, el Sernac no logró un acuerdo, por lo que actualmente está analizando acciones, las cuales serán informadas oportunamente”, detalló la entidad.

Con todo, el pasado 10 de diciembre, el director nacional del Sernac concurrió ante la Comisión de Economía del Congreso para referirse al proyecto que modifica la Ley 20.009, ampliando la protección del consumidor, introduciendo nuevo régimen de prueba y restituciones automáticas, plazos para el desconocimiento de operaciones y medios de pago asociados.

Pese a lo anterior, la Asociación de Bancos publicó un informe la semana pasada donde apunta que Chile se encontraría entre los países con menor índice de fraude en transacciones bancarias comparado con los países de Latinoamérica y también a nivel mundial: la tasa de fraude en Chile alcanzó 3,4 puntos base (pb) durante el primer trimestre de 2018, es decir, por cada $100.000 en transacciones, unos $34 equivalen a transacciones fraudulentas.

Artículo de Mariana Marusic M.

Fuente:  Pulso

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