Para contextualizar, debemos señalar que el término Fintech se refiere en general, a la industria de prestación de servicios financieros a través de medios tecnológicos, la que ha crecido a pasos agigantados en los últimos 3 años.
Como consecuencia de este crecimiento, se hizo necesario dictar un marco regulatorio, que corresponde a la ley 21.521 que se publicó el pasado 3 de enero, normativa que permitirá un mejor desarrollo de esta industria, y mayor seguridad a los usuarios.
Dentro de los aspectos más destacables, resulta la creación de un sistema denominado Finanzas Abiertas u Open Banking, que permitirá que los proveedores de servicios financieros intercambien información de sus clientes. Otra materia interesante, es la regulación de los proveedores de servicios de pagos, los que además, estarán habilitados para efectuar transferencias electrónicas desde las cuentas de los clientes a los terceros, lo que resulta en que el mercado exclusivamente bancario será expandido en lo que se refiere a estos servicios.
Asimismo, esta ley señala que las entidades que realicen operaciones de intermediación y custodia, provisión de plataformas de transacción y asesoría sobre instrumentos financieros
se encontrarán regulados o supervisados por la Comisión para el Mercado Financiero.
Estas modificaciones esenciales y profundas a la industria de servicios financieros, seguramente se verán reflejadas también en los aspectos contables y tributarios del rubro.