Por medio del Ord. N°686 del 20 de febrero 2019 la Dirección del Trabajo aclaró los sistemas de control de asistencia y determinación de horas de trabajo para los trabajadores que laboran en empresas de servicios de promoción, demostración y reposición de productos o mercaderías.

Así la Resolución Exenta N°300 de 1990, que fija requisitos y regula procedimiento para establecer un sistema opcional de control de asistencia y determinación de horas de trabajo para los trabajadores que laboran en empresas de servicios de promoción, demostración y reposición de productos o mercaderías, indica que el sistema deberá operar sobre la base de planillas individuales en las que, a lo menos, se anotarán:

a) Identificación del empleador;

b) Nombre del trabajador;

c) Lugar donde presta servicios, y

d) la semana de que se trata, con indicación del mes a que corresponde.

La planilla deberá confeccionarse en duplicado, llevar impresos los días del mes, contener espacios en blanco para registrar cada día la información relativa a las horas de entrada y salida, el total de horas ordinarias y extraordinarias laboradas durante cada jornada semanal, y ser firmada semanalmente por el trabajador y el encargado del control, quedando en poder de cada uno de ellos un ejemplar de la misma”.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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