A partir de este año comienza a regir la cotización obligatoria para trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios, lo que se materializará en la Operación Renta 2019.

Estos trabajadores deberán cotizar el 10 por ciento para la cuenta de capitalización individual de la AFP; un 0,6 por ciento para el seguro de cesantía: la comisión para la AFP en que esté afiliado -que fluctúa entre 0,47 y 1,54 por ciento- y el 7,0 por ciento para Fonasa o Isapre. La cotización se puede pagar de forma mensual, mediante el pago previsional; y anual, mediante la retención de la devolución de impuestos del próximo año.

Sin embargo, si llegaran a quedar saldos pendientes, “en la práctica significa que ya la devolución de impuestos no va a llegar a manos de los independientes. De hecho, la devolución de impuestos no alcanza a cubrir todo el monto que hay que cotizar”, comentó el asesor previsional Andrés Guerra.

“Lo que va a ocurrir es que en mayo de cada año los independientes van a recibir un aviso desde la AFP diciéndoles:’Señor, le falta por pagar tal porcentaje de cotización, de acuerdo a los montos que usted boleteó el año pasado'”, añadió el experto.

Fuente:  Cooperativa

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