La unanimidad de la Sala respaldó el proyecto de ley que adecua el Código del Trabajo en materia de protección de los niños, niñas y adolescentes en el mundo del trabajo y tiene por objetivo compatibilizar las normas existente sobre trabajo de menores de edad, con los diferentes acuerdos internacionales suscritos por Chile sobre protección de los niños, niñas y adolescentes.

Durante el debate, transversalmente se valoró del contenido del texto legal y el resguardo de los menores de edad ante el trabajo, conciliando la educación y su seguridad ante todo.

El mensaje establece la figura del trabajo adolescente protegido, entre los 15 y 18 años, siempre que no se trate de trabajo peligroso y que por su naturaleza, no perjudique su asistencia regular a clases y/o su participación en programas de orientación o formación profesional, según corresponda.

Detalles del Proyecto

Asimismo, se dispone de una serie de reglas a cumplir, entre otras:

Que se trate de tareas que puedan ser calificadas como propias de un adolescente;

Que cuente con autorización del padre o madre, ambos o quien lo tenga a su cuidado;

Acreditar haber concluido su educación media o encontrarse actualmente cursándola, o la educación básica;

Que la jornada laboral del adolescente no supere las 30 semanales, distribuidas en un máximo de 6 horas diarias durante el año escolar, y hasta 8 horas diarias durante las vacaciones;

El empleador debe informar a la Oficina Local de la Niñez o al órgano de protección administrativa de la niñez que corresponda de la contratación respectiva.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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