Finalmente se promulgó la ley la emblemática reforma tributaria, que en régimen recaudará us$2.204 millones. El presidente Sebastián Piñera dijo que “esta ley contiene importantes estímulos e incentivos a la inversión”. El ministro de hacienda, Ignacio Briones, afirmó que el siguiente paso es la revisión de las partidas de gastos tributarios (franquicias).

Sistema de tributación de las empresas
El régimen único semiintegrado en base a retiro para las empresas y el régimen Pro-Pyme, producirán efectos en la operación renta de abril de 2021, respecto de las rentas de este año.

Así, en la operación renta de abril 2020, seguirán vigentes los 3 sistemas de tributación que establecía la ley anterior (sistema semiintegrado, sistema atribuido y régimen 14 ter simplificado).

Depreciación transitoria 50% instantánea y 50% en forma acelerada, y 100% instantánea para La Araucanía
Estos regímenes aplican para bienes adquiridos entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021, por lo que en la operación renta de abril de 2020 podrían beneficiarse las empresas que invirtieron entre octubre y diciembre de 2019.

Beneficios en materia de contribuciones para adultos mayores
Los nuevos beneficios que permitirán reducir en un 50% o 100% las contribuciones de bienes raíces de adultos mayores, aplicarán desde la cuota de contribuciones de abril de 2020.

Contribución de 1% regional
La nueva contribución de 1% para proyectos de inversión sobre US$10 millones, aplicará respecto de los nuevos proyectos que se sometan al proceso de evaluación ambiental a partir del 24 de febrero de 2020.

Sobretasa de contribuciones
La nueva sobretasa de contribuciones aplicable a contribuyentes con inmuebles de avalúo fiscal total sobre $400 millones se aplicará en conjunto con las contribuciones desde abril de 2020.

IVA a los servicios digitales
El IVA (19%) a los servicios digitales prestados por empresas extranjeras a consumidores chilenos se aplicará a partir de junio de 2020.

Devolución anticipada del IVA por inversión en activo fijo
La reducción del plazo para obtener la devolución del IVA por la adquisición de activo fijo aplicará totalmente en junio de 2020 (el proceso de reducción del plazo inicia en marzo 2020).

Nuevo tramo de 40%
Respecto del Impuesto Único de Segunda Categoría, los empleadores deberán retener a contar de marzo de 2020. Luego, los trabajadores deberán reliquidarlo para todas las rentas de 2020.

Para el Impuesto Global Complementario, el nuevo tramo aplicará en la operación renta 2021 respecto de todas las rentas recibidas en 2020.

Digitalización de las relaciones con el SII
Las nuevas normas que modernizan y digitalizan las relaciones entre los contribuyentes y el SII se aplicarán desde junio de 2020.

Boleta electrónica y separación de IVA en la boleta
Los contribuyentes que ya emiten factura electrónica deberán emitir boleta electrónica a contar del 24 de agosto de 2020, separando en ella el IVA. Los que no facturen de manera electrónica, deberán emitir boleta electrónica, separando en ella el IVA, desde el 24 de febrero de 2021.

Defensoría del contribuyente
Entrará en funciones a más tardar el 24 de febrero 2022.

Impuesto verde
Las modificaciones entrarán en vigencia a partir de enero de 2023, quedando gravadas las emisiones de ese año en 2024. Por su parte, las nuevas normas sobre compensación de emisiones se aplicarán a contar del 24 de febrero de 2023.

Artículo de Carlos Alonso

Fuente: La Tercera

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