Un equipo de alto nivel del Servicio de Impuestos Internos (SII), especializado en grandes transacciones, es el que estará a cargo de analizar la arista tributaria de la venta del 24% de las acciones de la serie A de SQM, de propiedad de la canadiense Nutrien, a la china Tianqi.

“El SII analizará la operación en detalle para asegurar la correcta aplicación de la normativa tributaria vigente”, dijeron desde el servicio que dirige Fernando Barraza.

La investigación del fiscalizador ha cobrado relevancia luego que se cuestionara la contratación de SQM de un market maker para la eventual venta de los papeles de la serie A de la minera no metálica a Tianqi de parte de Nutrien, lo que implicaría dejar al negocio exento del pago de tributos. La operación es un convenio para ofrecer las acciones en venta en un remate en bolsa, que aún no ocurre.

También el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, afirmó el miércoles que hace dos semanas pidió al SII indagar el cumplimiento tributario en el proceso de traspaso accionario.

Desde el servicio precisan que el equipo a cargo de la investigación, que opera al alero de un comité nacional y regional para abordar estos casos, “es altamente especializado” y monitorea permanentemente transacciones relevantes como la de SQM.

Agregan que su accionar “está descrito en el Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2018”, donde uno de los focos a abordar “es el monitoreo permanente y estructurado de transacciones relevantes”, precisan.

De acuerdo con el Plan de Cumplimiento del SII, en los últimos años se ha incrementado el universo de contribuyentes que realiza solicitudes de devolución por sobre los $5 mil millones. En 2014, el monto solicitado como devolución fue de $437.000 millones y en 2016 correspondió a $1.323.000 millones, es decir, un incremento de un 202%. “Dado lo anterior y considerando el riesgo transaccional a no declarar o subdeclar los impuestos en este tipo de operaciones de alto valor y/o de interés institucional, es que se hace necesario abordarlas a través de un monitoreo permanente”, dice el texto de Impuestos Internos.

A partir de ese mandato el equipo especializado de fiscalización del SII formula acciones de tratamiento para el 100% de los contribuyentes que poseen un “Riesgo Global Alto o Clave” y que poseen marcas por transacciones relevantes con Ariesgos específicos importantes.

Fuentes del mundo legal explican que en el caso de esta operación una de las aristas que podría tomar el SII es evaluar la aplicación del artículo 107 de la Ley de la Renta, que establece un régimen de exención del impuesto a la renta. Esto dependerá de las circunstancias en que se haya realizado la adquisición de la inversión por parte del futuro vendedor y de las que rodearán la posible venta.

“Si se cumplen todas esas condiciones, no habría tributación del posible mayor valor que obtenga la vendedora”, dicen.

Fuentes de mercado ven difícil que en este caso el SII pueda invocar la norma antielusión.

Artículo de J. P. Palacios y F. Gattavara

Fuente:  Economía y Negocios

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