Por medio del Oficio N° 1309 del 10 de julio de 2020 el Servicio de Impuestos Internos señaló que poner a disposición del público bicicletas y scooters es actividad exenta de IVA.
Se trata de una empresa pretende prestar el servicio de transporte de pasajeros consistente en poner bicicletas y scooters a disposición del público en general para transporte o movilización por diferentes comunas de la ciudad de Santiago.
Para ello, pondrá a disposición una aplicación para descarga gratuita por internet que permitirá a los usuarios ubicar las bicicletas y scooters más cercanos y utilizarlas, desbloqueándolas y bloqueándolas una vez finalizado el recorrido. Agrega que este servicio es acordado por la empresa y las diferentes municipalidades de la ciudad de Santiago que participan en el proyecto
El Servicio de Impuestos Internos en el Oficio indicó que “el artículo 13, Nº 3 de la LIVS dispone que estarán liberadas del impuesto de este Título, entre otras empresas e instituciones, las empresas navieras, aéreas, ferroviarias y de movilización urbana, interurbana, interprovincial y rural, sólo respecto de los ingresos provenientes del transporte de pasajeros. Para estos efectos y, de acuerdo con lo interpretado en el Oficio Nº 1991 de 2019, se entiende por empresa de movilización urbana tanto a aquella que activamente despliega las actividades de movilización urbana (“poner en” movimiento) como aquella que “pone a” disposición del público los medios de transporte necesarios para su propia (del usuario) movilización urbana”.
Añadió que “para calificar a la empresa referida en su consulta como una empresa de movilización urbana es importante que su actividad no se agote en el mero arriendo de bienes corporales muebles, integrándose como parte del sistema de transporte público urbano respectivo. Por otra parte, en el mencionado oficio se establece que la expresión “ingresos provenientes del transporte de pasajeros” abarcaría tanto los ingresos que obtiene una empresa que, por sí misma o a través de terceros, preste el servicio de transporte, como aquella empresa que se limita a disponibilizar medios de transporte para que los usuarios ejecuten el “transporte” por sí mismos, sin el auxilio de terceros”.
Así “a partir de la descripción efectuada en su presentación, la empresa por la cual se consulta calificaría como una empresa de movilización urbana, en tanto pondría a disposición del público en general medios de transporte que permita su movilización por las diferentes comunas de la ciudad de Santiago. Este servicio estaría sujeto a las disposiciones establecidas por los municipios que participan del proyecto y, conforme con lo descrito, las obligaciones de la empresa irían más allá del mero arriendo de bienes corporales muebles, debiendo cumplir con una serie de exigencias de carácter administrativo y técnico que faciliten el acceso y mantención del servicio prestado, lo que reafirma lo hasta aquí concluido”.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia