El Servicio de Impuestos Internos por medio del Oficio N° 2286 del 15 de octubre de 2020 analizó la rebaja del impuesto territorial como crédito del monto del impuesto de primera categoría en el caso de una sociedad inmobiliaria.

Indicó que conforme a la letra c) del N° 1 del artículo 20 de la LIR, las empresas constructoras y las empresas inmobiliarias, por los inmuebles que construyan o manden a construir para su venta posterior, pueden imputar como crédito contra el IDPC el Impuesto Territorial pagado desde la fecha de la recepción definitiva de las obras de edificación, según certificado extendido por la Dirección de Obras Municipales que corresponda.

La norma fue originalmente incorporada por la Ley N° 19.738 para permitir que las empresas inmobiliarias o constructoras pudieran rebajar el Impuesto Territorial pagado por aquellos bienes raíces del activo realizable que mantenían en stock para su venta.

Tal como ha indicado este Servicio a través de su jurisprudencia1, el crédito se rebaja del IDPC que corresponde – en este caso específico – a la venta de las unidades de departamentos y siempre que el Impuesto Territorial se encuentre pagado al momento de presentar la respectiva declaración del IDPC. Lo anterior, de acuerdo al párrafo penúltimo de la letra a) del N° 1 del artículo 20 de la LIR, aplicable por remisión expresa de la letra c) del N° 1 del mismo artículo.

En el entendido que se encuentre efectuada la recepción definitiva de las obras de edificación, el monto del Impuesto Territorial a rebajar como crédito en contra del IDPC es el que se haya pagado por cada uno de los inmuebles en stock que se encuentran a la venta, independientemente que el comprobante de pago indique el rol matriz o el rol definitivo que se asigne a cada unidad, ya que de acuerdo a la ley lo que da derecho a este crédito es el pago del Impuesto Territorial respecto de los inmuebles que se encuentran en stock para su venta, siendo el número de rol un mero antecedente de acreditación.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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