Justo en momentos en que se discute el proyecto de Modernización Tributaria en el Congreso, con ajustes a la Norma General Antielusión, el Servicio de Impuestos Internos (SII) actualizó su catálogo de planificaciones tributarias con riesgo elusivo.

Se trata del documento Catálogo de Esquemas Tributarios, que aumentó de 28 a 43 los casos identificados que no necesariamente constituyen figuras elusivas a priori, sino que son planificaciones tributarias sobre las cuales el Servicio realiza análisis con un equipo especialmente destinado para ello, a fin de determinar si están reñidas con la Norma General Antielusión y sólo busca disminuir la carga tributaria o generar ventajas impositivas, sin impacto en el proceso productivo o en el modelo de negocio.

La difusión de estos casos a los contribuyentes tiene un objetivo preventivo y disuasivo.

De hecho, si un contribuyente considera que su planificación tributaria tiene similitudes con algunos de los casos del catálogo, puede realizar consultas vinculantes o no vinculantes al SII para pronunciarse acerca de ellas.

Respecto de las primeras (vinculantes), el contribuyente debe abrir su estrategia impositiva al Servicio entregando todos los antecedentes y éste se pronunciará acerca de su legalidad; de ser así, la operación queda “blindada” respecto de fiscalizaciones posteriores y si no se ajusta a la Ley, de persistir será sancionado. Las no vinculantes, en tanto, son sólo generales.

En esta materia, el balance del Servicio es positivo: de las 33 consultas realizadas, 20 han sido vinculantes y 13 no vinculantes.

Según el subdirector de Fiscalización del SII Víctor Villalón, “tenemos este catálogo con 43 esquemas tributarios, 15 de los cuales son nuevos y se adicionan en esta oportunidad.

Dentro de esta estrategia desde que partimos en 2014 el foco es preventivo, no tiene fines recaudatorios, la idea es sensibilizar a los contribuyentes acerca del impacto que tiene el fenómeno de la elusión”.

Sobre los desafíos que planteará los cambios de la Reforma Tributaria en este punto, Villalón agregó que el proyecto hace adecuaciones de plazos y de difusión al proceso de consulta previa y al proceso de calificación, por lo que “desde esa perspectiva se visualiza que no hay cambio en las facultades de fiscalización del SII”, aunque reconoció que “para el proceso de calificación hay mayores niveles de exigencia operacional para el Servicio, para probar y constatar que se está frente a un caso elusivo”.

Por lo mismo, descartó que el catálogo pierda vigencia con el proyecto.

“Lo que va a ocurrir con el catálogo, es que una vez que esté el diseño final de la ley, vamos a tener que aclarar cosas o señalar cómo el servicio va a abordar las nuevas exigencias”.

El detalle

Respecto de los 15 casos adicionales, que como se señaló no son elusivos a priori pero contienen riesgos de elusión, destacan la reorganización empresarial familiar y la legítima razón de negocios, en que un empresario individual puede crear una sociedad con los hijos con el sólo objetivo de traspasar patrimonio a valor tributario y no económico; la reorganización empresarial que genera extinción de deudas intragrupo y devoluciones fiscales no afectas al modelo de negocios, que involucra el incremento del patrimonio que no tributa vía el mecanismo de absorción desde una nueva sociedad; el uso de cuentas corrientes mercantiles como método de distribución de utilidades mediante flujos unidireccionales entre empresas relacionadas; el reparto o distribución de utilidades en proporciones distintas a lo señalado en el estatuto social; el uso del bien social aportado a una fundación en el caso de haber beneficio no tributado; o los préstamos otorgados a una sociedad relacionada en el exterior, para casos en que se observen flujos sólo en calidad de préstamos al exterior, sin reparto de utilidades y la declaración de pérdidas tributarias.

Artículo de Paula Gallardo

Fuente:  La Tercera

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