Se imagina usted ¿una mesa con una sola pata? o mejor una mesa con solo dos patas? Seguro comprobará que en ambos casos la mesa no tendría cómo y dónde afirmarse y, finalmente, una mesa con una o dos patas no serviría para funcionar como tal, ya que sabemos que una mesa para sustentarse necesita al menos de tres patas. Quise graficar de este modo lo que esta compleja Reforma Tributaria está generando, ya que antes de ella bastaba sólo una “pata” para que la mesa funcionara como tal y, ahora, dada la complejidad y lo engorrosa que resulta su aplicación para contener, sustentar y aplicarla necesitaremos al menos de “tres patas”. Sólo así usted, dueño de una empresa y contribuyente, podrá dar por cumplida sus obligaciones tributarias… Ahora le explico porque de este planteamiento.

En esos tiempos, en caso de una fiscalización o revisión por parte de la autoridad tributaria, la justificación de los impuestos declarados se hacía a través de los registros auxiliares de la Contabilidad y el Registro FUT. En resumen, en el régimen general anterior bastaba tener el conocimiento tributario, en especial el tratamiento del Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) y mostrar consistencia con los Libros y Registros Auxiliares para así garantizar el correcto cumplimiento y pago de sus impuestos. Es decir, en el denominado “régimen general” la mayor complicación y riesgo de errores en las declaraciones de impuestos de las empresas y los dueños de esas empresas estaba en la falta de conocimiento tributario, especialmente en el tratamiento del FUT. Por ello, concluimos que el sistema tributario anterior tenía “una sola pata”: El ya aludido conocimiento tributario del FUT.

PRIMERA PATA: Conocimiento tributario

Con la Reforma Tributaria se han producido profundos cambios y transformaciones en la forma de tributar de las empresas y personas, en este nuevo escenario, por lo que la pregunta es: ¿Se siente usted preparado para enfrentar y declarar correctamente sus impuestos de acuerdo a lo establecido en la Reforma Tributaria? Esta es una interrogante que seguramente responderá sobre la base de la comprensión y conocimiento que usted tiene actualmente de la Reforma y sus nuevos regímenes… Sabemos que producto de ella la materia tributaria se transformó en un tema más complejo y difícil de comprender, en el mejor de los casos, si usted es uno de los pocos que entiende claramente como  operarán los nuevos regímenes tributarios y como obtener los registros de acuerdo a su régimen, y sobre esa base se siente preparado y confiado para cumplir correctamente con el pago de sus impuestos le tengo una mala noticia: el conocimiento ya no le será suficiente para dar por cumplida su obligación como contribuyente, tampoco le será suficiente asegurarse “cuadrar” sus declaraciones juradas con los datos que usted tiene en sus distintos registros, sistemas  o planillas electrónicas.

Lo que digo puede parecerle una broma de mal gusto pero así son ahora las cosas. El conocimiento tributario y ciertas cuadraturas de sus registros sólo forman parte de la primera pata de esta mesa, aún le faltan otras dos.

SEGUNDA PATA: La Contabilidad y la tributación de la mano

En adelante, sea usted un contribuyente del régimen atribuido o semi integrado, para determinar el pago de sus  impuestos DEBE considerar sus registros asentados en su Contabilidad, por cuanto ahora el control de sus impuestos no sólo estará en el registro FUT -ahora denominado STUT-sino que la base para determinar sus impuestos tiene origen en su patrimonio, en el Capital Propio Tributario, y esta información sólo la provee la Contabilidad, constituyéndose en la principal herramienta para determinar sus impuestos. Dicho de otro modo, no podrá determinar el monto para el pago de sus impuestos sin considerar sus registros contables.

Esta nueva forma de determinar los impuestos con base a la Contabilidad la percibimos cuando estudiamos la Reforma antes de que existiera la Ley que la pretendía simplificar.

Así lo manifestamos en el Boletín Informativo que edita semanalmente Transtecnia y así también en atención a nuestra visión fue como creamos y diseñamos una nueva línea de soluciones tributarias denominada:  T&A. sigla que significa: Tax & accounting o Impuestos y Contabilidad, donde definimos que la Contabilidad y tributación de las empresas y sus dueños ivan de la mano.

En medio de la confusión que generó la Reforma Tributaria y la necesidad de hacer una nueva Ley para simplificarla, nuestra visión de ver en forma totalmente integrada la contabilidad y la tributación de los dueños fue nuestro gran acierto. Con el paso del tiempo el SII afianzó este nuevo esquema, confirmando nuestra posición y la nueva línea de sistema T&A.

Desde un principio, pensamos que integrar la Contabilidad con la Tributación sería uno de los principales cambios y desafíos en el proceso de cálculo y asentamiento de los registros exigidos por los dos nuevos regímenes tributarios, pero eso no fue todo. Esta Reforma no deja de sorprendernos, faltaba al igual que en el caso de una mesa algo tanto o más importante que la integración de la Contabilidad y la Tributación…una de las patas más importantes…

TERCERA PATA: La Tecnología. La Obligación y exigencia de usar ciertas tecnologías de software en los procesos contables tributarios

Al parecer, la implementación del modelo de factura electrónica le permitió al SII darse cuenta, que en materia tecnológica los contribuyentes no son pro-activos ni voluntariosos al momento de usar nuevas tecnologías. Así pretender impulsar la adopción y uso de herramientas tecnológicas para cumplir de mejor manera las obligaciones tributarias no prosperará si no es imponiendo la obligación. Aquí el aprendizaje del SII fue: “No hay adopción de tecnología si no hay obligación”.

Con la factura electrónica la autoridad tributaria demoró más de quince años en aprender este comportamiento por parte de los contribuyentes. Por eso dicho sistema tuvo sentido sólo cuando el SII obligó a todos los contribuyentes a usarla. Por esta razón, creo que en la Resolución EX.SII N 56, del 19 de Junio, se resuelve que lo requerido como tecnología en materia de Software Contable o Tributario no es una opción voluntaria. En adelante, el uso de Software Contable y Tributario es obligatorio y este DEBE cumplir ciertos requisitos, principalmente funciones que eviten la manipulación de datos y alteren resultados, es decir el uso de ciertas tecnologías es obligatoria. Por cierto, descarto la opción de trabajar a mano para generar los nuevos registros, eso hoy es imposible.

Pero…. ¡Bingo! no podemos desconocer que la tecnología y las comunicaciones son una de las herramientas que están revolucionando nuestra forma de hacer las cosas, son indudablemente las TICs (Tecnología de Información y Comunicaciones) y el software las que están revolucionando nuestro mundo en todos los aspectos y en ese sentido, la tecnología será la mejor aliada para resolver en gran parte esta compleja tributación de las empresas y sus socios. Esta Reforma Tributaria -tal vez sin que quererlo- impulsará la sistematización y el uso del software tributario y contable, con la condición de que estos sean integrados, seguros e inteligentes. No bastará sólo tener un software que realice en forma rápida procesos y cálculos, ya que por la complejidad y amplitud de casos y situaciones, es imprescindible desarrollar y crear software inteligentes hechos sólo por profesionales  expertos. Cualquier software no dará lo mismo. Recuerdo la primera vez que en Chile se utilizó y aplicó tecnología a los procesos tributarios y nosotros fuimos los primeros en hacerlo, fuimos pioneros, incorporamos tecnología a un proceso tributario que -en ese tiempo- era considerado “complejo y engorroso”.

Así confeccionar la Declaración de Impuesto a la Renta en el Formulario 22, que en esos años se escribía a mano o usando “tecnología” cuando se “tipeaba” el formulario en una máquina de escribir y ya han pasado treinta años desde ese histórico hito tributario y tecnológico. Así también creamos y desarrollamos el primer software tributario que aseguraba “cuadrar” la Declaración e imprimía directamente el formulario 22.

Los contadores eran los más agradecidos y felices con el nacimiento de estas tecnologías, fue una verdadera revolución en esos tiempos.

Ahora enfrentaremos OTRA REVOLUCIÓN. La sistematización de la Reforma Tributaria, lo que a mi juicio ocurrirá con el anuncio realizado en la Resolución EX.SII Nro.56, ya que en ella se otorga la facultad al SII para conectarse y auditar su Software Contable y Tributario para verificar y asegurar que la determinación de su base imponible no haya sido alterada, modificada o dicho de un modo más claro “cocinada”, adiós elusión, adiós planificación tributaria”.

Durante treinta años para acreditar y comprobar el correcto pago de impuestos ya sea en un proceso de fiscalización o una revisión del SII, bastaba acreditar los registros de los Libros auxiliares Contables, eso era suficiente para cumplir con la obligación de declarar y pagar. El SII hasta antes de esta Reforma NO tenía facultades para auditar o definir tratamientos a las partidas contables dentro de un software, por cuanto la tributación de las empresas se iniciaba y construía a partir del Resultado del Balance. Por otra parte, se entendía que la contabilidad pertenecía sólo al ámbito financiero en el cual el SII no tenía competencia para inmiscuirse. Así era el Colegio de Contadores quienes normaban a través de sus boletines técnicos los principios; tratamiento y criterios a aplicar a los distintos hechos económicos de un negocio, principios denominados PCGA, hoy ya obsoletos y reemplazados por la Normas IFRS.

Pero todo esto cambio con la Reforma Tributaria, el poder y facultades del SII, son lo suficientemente amplias para intervenir en cualquier ámbito, más allá del tributario. Con ella puede intervenir en materia financiera, contable y ahora también TECNOLOGICA. Así es, a partir de ahora el SII puede AUDITAR sus Sistemas Contables y Tributarios y establecer normas de seguridad, fijar condiciones especiales de acceso; exigir uso de ciertas tecnologías y procesos. En fin… ahora el SII tiene todas las facultades para exigir y fijar a los contribuyentes el tipo de tecnologías que DEBEN USAR para procesar y declarar sus impuestos.

Desde la perspectiva del SII y su misión -que es ser eficiente en la recaudación de los impuestos- y considerando los impactos que tiene implementar una Reforma tan compleja el uso obligatorio de tecnologías estandarizadas y auditadas parece imprescindible y hasta obvio. ¿De que otra manera podría el organismo fiscalizador cautelar y garantizar que en Chile los datos contables no sean alterados ni manipulados? Al parecer, en esta materia no basta la confianza, es necesario el control.

Ante tamañas exigencias, se exigirá: 1- Conocimiento; 2.- Integración de su Sistema Contable y Tributario y 3.- Uso obligatorio de ciertos software ¿Como lo harán las empresas Pymes para cumplir con estas nuevas exigencias? ¿Están en condiciones de cumplir? ¿Están los contadores preparados para satisfacer estas nuevas obligaciones?

Será un tremendo desafío para todos, en particular para nuestra empresa, conocer la Reforma Tributaria, saber cómo funciona; ya que procesar y declarar los impuestos oportunamente ya no es suficiente “PARA CUMPLIR CORRECTAMENTE con sus OBLIGACIONES TRIIBUTARIAS”. Será necesario acreditar y verificar ante el SII que el Software Contable y Tributario que utiliza cumple con todas las exigencias que permitan asegurar la correcta determinación de los impuestos y cautelen la NO Manipulación y alteración de datos que puedan afectar los intereses fiscales.

Es difícil encontrar soluciones eficientes cuando el origen del problema está en una reforma confusa, compleja y mal hecha según algunos. Es comprensible la molestia de muchos por esta nueva exigencia tecnológica, también es fácil imaginarnos al culpable favorito de todo esto, en especial cuando se obliga y este tipo de exigencia afecta a las empresas medianas y pequeñas, las más vulnerables y expuestas para cumplir con nuevas obligaciones.

Nosotros compartimos su molestia y nos sentimos responsables para asumir un rol fundamental de apoyo a su empresa a estas nuevas exigencias que impone la Reforma tributaria.

Apoyaremos a todas las empresas a dar su examen en esta “prueba de la blancura” como contribuyente y así demostraremos que nuestros clientes trabajan en forma honesta y en dentro de un marco de respeto de todas sus OBLIGACIONES CONTABLES, TRIBUTARIAS Y TECNOLOGICAS como contribuyentes.

Estamos rediseñando todos nuestros Sistemas Contables y tributarios para que cautelen y cumplan fielmente los nuevos requisitos de No manipulación de datos y aseguren el correcto procesamiento normativo tributario y su integración con la Contabilidad, o sea estamos  dotando la mesa con al menos sus tres patas… transformando así a nuestras herramientas tecnológicas en  un sello de garantía que además de facilitar la correcta aplicación de la Reforma tributaria, cautele y resguarde los intereses del Estado.

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