Por medio de Resolución Exenta N° 19 del 6 de febrero 2020 el SII ordenó que declaración de formularios 29 y 50 sólo podrá realizarse a través de internet.

La Resolución argumentó que “el Servicio recibe más de un 99,5% de las declaraciones de los formularios N°s 29 y 50 a través de Internet, lo que demuestra la facilidad de acceso a esta forma de declaración. En efecto, el declarar vía internet disminuye los costos de procesamiento y mejora la exactitud de la información tanto para el Servicio de Impuestos Internos, como para el contribuyente”.

Ante lo anterior se resolvió que “los formularios N°s 29 y 50, de declaración mensual y pago Simultáneo de Impuestos, deberán presentarse únicamente a través de internet en la página web del Servicio de Impuestos Internos: www.sii.cl, cuyas instrucciones se encontrarán disponibles en el mismo sitio.

Aquellos contribuyentes que no puedan acceder a Internet, podrán concurrir a cualquiera de las Unidades del Servicio para presentar las señaladas declaraciones. En dichas unidades, el Servicio pondrá a disposición de los contribuyentes, en forma gratuita, los medios tecnológicos para hacerlo. Para tales efectos, contarán con el apoyo de un funcionario especialmente designado para ello”.

La Resolución entrará en vigencia a contar del día primero del mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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