Por medio del Oficio N°2394 del 27 de octubre de 2020 el Servicio de Impuestos Internos (SII) se pronunció sobre una consulta en materia de elusión si ingreso de dos socios a sociedad de inversiones por medio de un aumento de capital y pacto relativo al derecho sobre utilidades retenidas por la empresa hasta antes del ingreso de nuevos socios.

Así señaló que “la incorporación de los nuevos socios por medio de un aumento de capital en la Sociedad de Inversión, y el pacto tendiente a limitar el derecho a las utilidades retenidas hasta antes del ingreso de los nuevos socios, serían parte del legítimo derecho de opción de los contribuyentes a organizar sus actividades, negocios, o actos afectos a impuestos de la forma que la autonomía de la voluntad y la libertad contractual lo permitan”.

Agrega el oficio que “por lo que, la sola incorporación de los nuevos socios por medio de un aumento de capital en la Sociedad de Inversión, y un pacto que limite el derecho sobre las utilidades retenidas hasta entonces -en principio-, no serían, por sí solos, actos o negocios que puedan ser considerados elusivos en los términos señalados en los artículos 4 bis y siguientes del Código Tributario, lo que no obsta a que las razones detrás de la elección de una alternativa u otra para el ingreso de los nuevos socios; y las circunstancias concretas del caso –que no fueron especificadas en la consulta- puedan modificar la conclusión anterior”.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

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