Desde que la reforma constitucional que autorizó el primer retiro excepcional de fondos de pensiones comenzó a regir el 30 de julio de 2020, proceso al que se sumó el 10 de diciembre pasado un segundo retiro excepcional aprobado por el Congreso, el sistema previsional ha desembolsado US$ 34.995 millones para realizar los pagos de los recursos solicitados.
Lo anterior ha implicado un total de 17.837.479 operaciones de pago por parte de las administradoras de fondos de pensiones (AFP).
Según el informe de la Superintendencia de Pensiones, por el primer retiro de fondos un universo de 10.408.556 personas ya recibió sus respectivos pagos, los que suman
US$ 19.922 millones. El monto promedio pagado llegó a $ 1.386.863 por persona. Así, el 97,9% de quienes solicitaron sus fondos en este caso, ya cuenta con sus pagos.
Respecto del segundo retiro, hasta las 17 horas del viernes pasado 7.428.923 personas, equivalentes al 95,4% del total que solicitó sus recursos, había recibido sus pagos, los que totalizaron US$ 15.073 millones. En promedio, cada persona recibió $ 1.470.118.
En cuanto al estado de las cuentas de ahorro previsional de quienes han solicitado el retiro de fondos, de acuerdo a la información procesada por la Superintendencia de Pensiones, hasta el 12 de marzo de este año un total de 10.520.431 personas habían retirado fondos, al menos, en uno de los dos procesos.
De ese total, el 71,5% o 7.524.023 afiliados y beneficiarios han concretado los dos retiros de fondos, con un monto promedio pagado de $ 3.054.073 por persona.
Resultado de lo anterior, hasta el 12 de marzo último un total de 2.953.525 personas ya no cuentan con ahorros previsionales en sus cuentas de capitalización individual obligatoria.
Pensiones de alimentos
En cuanto a los fondos retenidos por deudas de pensión de alimentos, hasta el 19 de marzo último las administradoras habían recibido 267.899 liquidaciones de pago por parte de los tribunales de familia. De éstas, el 74,54% o 199.698 liquidaciones ya se encuentran pagadas.
Para lo anterior, el sistema previsional ha movilizado US$ 322,6 millones, con un monto promedio por liquidación judicial de $ 1.170.430.
La Ley N° 21.295 contempla la posibilidad de que las y los demandantes de pensión de alimentos pidan a los tribunales de familia que les autoricen a presentar directamente la solicitud de retiro de fondos desde las cuentas de las y los afiliados demandados. Esta autorización se denomina subrogación y a través de ella se puede solicitar el monto de los retiros 1 y 2 autorizados y hasta el pago de la totalidad de la deuda de alimentos.
La gestión se realiza ante el tribunal de familia en que se tramita la causa de pensión de alimentos, el que debe emitir una resolución autorizando el pago por subrogación, liquidando la deuda alimenticia y los datos de cuentas de la o el demandante de alimentos. Luego notifica a la AFP y que ésta proceda al pago.
La administradora tiene como plazo para pagar los fondos retenidos los siguientes 10 días hábiles desde que vence el plazo que tiene el demandado para oponerse a la liquidación dispuesta por el tribunal o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre el tema se encuentre firme y ejecutoriada.