Con el objetivo de facilitar el acceso y la operación de las cuentas de ahorro, aumentando la flexibilidad y liquidez de éstas, el Banco Central de Chile (BCCh) inicia hoy un proceso de consulta pública que propone una modernización a los Capítulos del Título III.E de su Compendio de Normas Financieras (CNF), proceso que se extenderá por 60 días.

Esta iniciativa busca adecuar y modernizar la regulación actual de cuentas de ahorro, tomando en consideración los desarrollos tecnológicos recientes de la industria financiera que han potenciado y amplificado su crecimiento, tales como la contratación remota por medios digitales y las mayores posibilidades de integración con otros productos o instrumentos financieros.

Asimismo, la propuesta busca introducir modificaciones que permitan fomentar en mayor medida el ahorro entre la población, a través de servicios financieros más flexibles.

El presente proceso de consulta pública busca recabar comentarios de interesados y del público general para que, en la medida que se estime apropiado, puedan ser incorporados en la regulación que finalmente resuelva dictar el BCCh.

Específicamente, las principales modificaciones corresponden a:

1. Desarrollo producto 100% digital

Explicitar y facilitar la posibilidad de contratar de manera remota y en línea cuentas de ahorro, considerando especialmente las siguientes dimensiones:

Definición de mecanismos apropiados para apertura remota de cuentas de ahorro.

Permitir acceso y manejo de todos los aspectos de la cuenta a través de canales online.

Promover el uso de medios electrónicos para entrega de certificados, estados de cuenta, y otros documentos asociados.

2. Revisión de límites y plazos

Se incorporan las siguientes flexibilizaciones:

Permitir un mayor número de giros, sin pérdida de intereses respecto de los saldos promedio mantenidos en la cuenta de ahorro.

Posibilitar cálculo y pago de intereses por los saldos promedio mantenidos en cuentas de ahorro, en diferentes plazos (quincenal, mensual, anual, otros.).

Posibilidad de convenir la apertura de cuentas de ahorro, sin previo depósito asociado a la misma, bajo condiciones que confirmen la intención específica del cliente de efectivamente abrir una cuenta de ahorro.

Flexibilizar los plazos para los giros desde cuentas de ahorro a plazo con giro diferido (Cap. III.E.4). Se permitiría girar de este tipo de cuentas con un aviso previo de 7 días corridos en comparación a los 30 días corridos exigidos hoy, permitiendo armonizar esta exigencia con la contenida actualmente en el Cap. III.B.1 del CNF para captaciones a plazo.

Fuente:

Banco Central

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