La Facilidad de Financiamiento Condicional al Incremento de las Colocaciones (FCIC), es una medida de liquidez de mediano plazo a bajo costo creada en marzo de 2020 por el Banco Central, en el contexto de la crisis económica global generada por el Covid-19, la que se ofrece a la banca, condicionada a su comportamiento crediticio, particularmente respecto del crédito a pequeñas y medianas empresas. En sus etapas 1 y 2 el Consejo del Banco Central ha asignado a esta facilidad un total de US$ 40.000 millones, de los cuales se han desembolsado aproximadamente US$ 30.000 millones. La FCIC constituye el componente cuantitativamente mayor de los instrumentos de política monetaria no convencional en aplicación por parte del Instituto Emisor.

En atención a la importancia de la FCIC para la implementación de la política monetaria y la estabilidad financiera, y considerando la evolución de las necesidades de financiamiento de las empresas y los ajustes en los programas de garantías del Gobierno, el Consejo anunció en el Comunicado de la Reunión de Política Monetaria (RPM) del 27 de enero pasado el inicio de una tercera etapa de este instrumento (FCIC3).

En particular, esta nueva etapa está orientada a: (i) completar la ejecución comprometida de este instrumento de política monetaria, y (ii) profundizar y extender el crédito comercial ante la prolongación de la emergencia sanitaria y la necesidad de apoyar el proceso de reactivación, respondiendo a las actuales necesidades financieras de las empresas, complementando el programa FOGAPE-Reactiva recientemente promulgado, en especial en su línea de refinanciamiento.

Los detalles específicos de la FCIC3 se presentan a continuación y se complementan con el cuadro adjunto:

Vigencia, montos y condiciones financieras: la FCIC3 entrará en vigencia el 1 de marzo y estará abierta durante un plazo de 6 meses. El plazo máximo de vencimiento de todas las operaciones cursadas bajo este programa será el 1 de julio de 2024. El monto global de recursos disponible es de US$ 10.000 millones, equivalente al remanente no desembolsado al día de hoy de las FCIC1 y FCIC2.  La tasa de interés que regirá es la menor Tasa de Política Monetaria (TPM) del período de vigencia del programa, siguiendo las mismas reglas establecidas paras las etapas anteriores.

Condiciones y límites de acceso: El acceso a los fondos del programa FCIC3 estará vinculado al flujo de los créditos comerciales a empresas con ventas de hasta 1 millón de UF, con una ponderación mayor para créditos nuevos y reprogramaciones con garantía FOGAPE-Reactiva. Habrá un límite al acceso por banco de US$ 2.000 millones.

Colaterales: los préstamos continuarán estando respaldados por garantías de los bancos, las que se ampliarán a toda la cartera comercial de categoría A5 y A6 con alguna modalidad de garantía estatal.

Cabe destacar que, de ejecutarse en su totalidad los tres programas FCIC, el Banco Central de Chile habrá aportado por esta vía liquidez a la economía el equivalente a un 15% del PIB, aproximadamente. Estas facilidades se complementan con las garantías estatales dispuestas a través de FOGAPE y FOGAIN, las que han tenido por objetivo consolidar un comportamiento contra cíclico del crédito en una crisis de particular intensidad, contribuyendo con ello no solo a apoyar el cumplimiento de los objetivos del BCCh, sino que también a moderar su impacto sobre los sectores más vulnerables de la economía. Dado el reciente compromiso de mejorar las garantías gubernamentales, contenido en el acuerdo entre gobierno y parlamentarios, puede anticiparse un fortalecimiento de las sinergias entre FCIC3 y el programa de créditos COVID.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

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