La propuesta apunta a dar carácter permanente a las disposiciones reguladas por la Norma de Carácter General N°443, de junio de 2020, adecuando también las demás normativas que rigen la inscripción en el Registro de Valores.
Adicionalmente, establece la forma en que los emisores de valores deberán difundir la fecha para la divulgación de sus estados financieros y la realización de juntas de accionistas.
Cabe recordar que la Ley N°21.276, modificó el artículo 59 de la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas, disminuyendo los plazos en que los accionistas deben ser comunicados respecto de la realización de una junta de accionistas de 15 a 10 días, facultando a esta Comisión para establecer la forma en que se debe difundir la realización de la referida junta.
Por su parte, el artículo 1° de la Ley N°21.314, publicada el 13 de abril de 2021, modificó el artículo 16 de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores, incorporando la obligación de los emisores de valores de publicar con al menos 30 días de antelación, la fecha en que se divulgarán los estados financieros.
Ambos cambios legales requieren la emisión de la normativa contenida en el presente proyecto y que también incorpora, con carácter permanente, las modificaciones de la NCG N°443.