La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que, concluido el proceso de consulta pública, emitió hoy la normativa que autoriza la inversión en bonos sin plazo fijo de vencimiento o perpetuos dentro de las inversiones representativas de reservas técnicas y patrimonio de riesgo de las compañías de seguros.

La modificación se enmarca en lo establecido por la Ley 21.130, de enero de 2019, que tiene como objetivo modernizar la legislación bancaria y que modifica los artículos 21, 23 y 24 del DFL N°251 (Ley de Seguros).

La ley autoriza a las entidades bancarias a emitir este nuevo tipo de instrumentos que se reconocen como parte de su capital y a su vez, autoriza a las compañías de seguros a adquirir dichos instrumentos.

La presente normativa fija para las compañías de seguros un límite máximo de inversión por instrumento equivalente a un 7% de las reservas técnicas y patrimonio de riesgo y un límite máximo de diversificación por emisión del 30% para el total de este tipo de bonos.

Con lo anterior, las compañías de seguros se sumarán a las AFP como potenciales demandantes de estos instrumentos que podrían ser emitidos por los bancos para cubrir, en parte, los nuevos requerimientos de capital que les impone Basilea III.

Fuente:

CMF

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