El debate en esta sesión se centró en indicaciones que tenían como principal objetivo establecer que, cuando una trabajadora o trabajador tenga bajo su cuidado a un menor de edad o a una persona adulta mayor, o haya tenido el beneficio para madres, padres y cuidadores de niñas y niños de la Ley 21.247, tengan la posibilidad de trabajar a distancia o en teletrabajo, sin reducción de remuneraciones.
Si bien las posiciones expresadas eran favorables a facilitar esta modalidad a las y los trabajadores señalados, no hubo acuerdo en la forma de expresarlo en la norma. Esto debido a que tal como lo señalado por algunos parlamentarios, obligar al empleador a pactar este sistema de labores limitaría la libre elección de la o el trabajador, o podría ponerlo en una situación de mayor vulnerabilidad laboral.
Por otro lado, se planteaba que, si no se les entrega esa obligatoriedad a los empleadores y se deja como una opción abierta, muchas veces estos beneficios no se cumplirán, sobre todo en un escenario de inestabilidad laboral como el que se vive producto de la pandemia.
Frente a esto, la instancia acordó elaborar para la próxima sesión una indicación de consenso que permita entregar este apoyo a quienes están al cuidado de niños, niñas y adultos mayores.
Hasta ahora, la comisión aprobó la norma que señala que mientras esté vigente la alerta sanitaria decretada con ocasión del brote de Covid-19, el empleador deberá pactar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones y en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan, con las y los trabajadores que acrediten padecer alguna condición que genere un alto riesgo de presentar un cuadro grave de infección, detallando el rango etario y las patologías asociadas.