La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que ha puesto en consulta pública, desde hoy y hasta el 17 de agosto, una propuesta para la incorporación de una cláusula adicional de aumento temporal de pensión de renta vitalicia (RRVV).

Esta nueva cláusula, que permite obtener un monto mayor de pensión durante los primeros años de jubilación, podrá ser contratada de forma voluntaria por aquellas personas que opten a la modalidad de pensión de renta vitalicia inmediata o de renta vitalicia con retiro programado.

En la modalidad de Renta Vitalicia Inmediata, el pensionado recibe el pago de una renta mensual por parte de una compañía de seguros de vida, fija en UF, que en caso de fallecimiento, se otorga a sus beneficiarios de pensión.

En la Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, se dividen los fondos que el afiliado tiene en su cuenta individual de la Administradora de Fondos de Pensiones y se contrata simultáneamente una renta vitalicia inmediata y una pensión con retiro programado.

Adicionalmente, cabe consignar que existe una tercera modalidad denominada Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, en la que pensionado contrata con una compañía de seguros de vida el pago de una renta vitalicia mensual, fija en UF, a partir de una fecha futura, dejando en su cuenta individual de la AFP un saldo para una renta temporal, por el periodo que va entre la selección de esta modalidad y el inicio del pago de la renta vitalicia diferida.

De acuerdo al artículo 3°del DFL N°251, la CMF es la encargada de mantener a disposición del público los textos de condiciones generales de pólizas y cláusulas que se contraten en el mercado.

En este contexto, en septiembre de 2020, la Asociación de Aseguradores de Chile A.G. presentó para depósito, una nueva cláusula adicional, denominada “Cláusula de Renta Vitalicia escalonada de aumento temporal de prensión para Renta Vitalicia inmediata o diferida”. Esta propuesta fue complementada posteriormente en noviembre de 2020.

La CMF estudió la mencionada cláusula adicional y, previa consulta con la Superintendencia de Pensiones estimó que efectuando los ajustes señalados en el Informe que acompaña la publicación, es una alternativa que reúne las condiciones y características de cobertura para ser aprobada y depositada en la Comisión a efectos de que sea contratada en conjunto con las rentas vitalicias previsionales ya mencionadas.

Las principales características de la nueva cláusula adicional de aumento temporal de pensión son:

Una vez contratada la renta vitalicia, se pagará al causante un monto de pensión “P” fijo, vitalicio, en UF (ofertado en SCOMP) y, por un periodo temporal se pagará, además, un monto de P incrementado en el porcentaje solicitado.

El porcentaje máximo de aumento será del 100%. Este máximo es el mismo que el legislador estableció en el D.L. N° 3.500 cuando se trata de una renta temporal con renta vitalicia diferida.

Sólo podrá ser contratada por causantes de pensión de invalidez o vejez.

Sólo podrá ser contratada en únalas modalidades de renta vitalicia inmediata o de renta vitalicia inmediata con retiro programado.

Sólo podrá contratarse en conjunto con la cláusula de renta vitalicia con periodo garantizado de pago.

La mencionada cláusula adicional, en conjunto con la renta vitalicia inmediata, opera de manera similar a la actual renta temporal con renta vitalicia diferida, salvo que en el periodo temporal la pensión es fijo en UF.

Cabe hacer presente que la modalidad de renta temporal con renta vitalicia diferida es la preferida por los pensionados en renta vitalicia y que la mayoría de las preferencias de esta modalidad consideran que la primera renta temporal sea el doble de la renta vitalicia diferida.

Aprobada e incorporada en el Depósito de Pólizas de la CMF, la nueva cláusula adicional podrá contratarse una vez que el Sistema de Consulta y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) haya sido modificado para tales efectos mediante norma de carácter general conjunta de la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero, lo que está previsto que se realice durante este año.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

X
0
    0
    Carro de Compras
    No tienes comprasAgregar servicios
    🎅🎄 ✨ Estimado cliente: Les informamos sobre los horarios de atención que tendremos los días 24 y 31 de Diciembre, estaremos disponibles de 9:00 a 14:00 hrs. ✨🎄 🎅
    Hello. Add your message here.