Artículo Laboral

06.07.2023

Nuevo subsidio al sueldo mínimo

Nuevo subsidio al sueldo mínimo

La Ley 21.578, publicada el pasado 30 de mayo, establece un nuevo subsidio cuyo objetivo  es apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas, a las cooperativas, a las personas jurídicas sin fines de lucro y a las comunidades. Este subsidio se otorga desde la fecha de su aceptación y hasta el mes de abril de 2025.

El beneficio o monto del subsidio se establece con base al número de trabajadores que laboran en la empresa y perciben sueldo mínimo, o en proporción al número de trabajadores con ingreso imponible entre $411.000 y $500.000.

También incide en el monto de subsidio, la cantidad de personas contratadas por la empresa, de manera que puede variar en la medida que aumenten o disminuyan los trabajadores con sueldo mayor al mínimo.

A continuación incluimos una tabla de los montos de subsidio calculados con base al período, al año y al tamaño de la empresa.

PeríodoAñoMicroempresaPequeña EmpresaMediana Empresa
Mayo a agosto202335.00019.0004.5000
Mayo a agosto (Beneficiarios subsidio anterior)202345.00029.00014.500
Septiembre a diciembre202350.50032.50017.500
Enero a junio202431.00020.0009.500
Julio a diciembre202436.50023.50012.500
Enero202549.00031.50017.500
Febrero202542.00027.00015.000
Marzo202525.00016.00010.000
Abril20257.0004.5002.500

Para acceder a este beneficio, es necesario que las empresas hayan iniciado sus actividades desde el 8 de mayo de 2023, ya sea como persona natural, jurídica o cooperativa. Las ventas del giro deben ser superiores a 0.01 UF e inferiores a 100.000 UF en 2022, y finalmente deben contar con uno o más trabajadores con sueldo mínimo imponible entre $411.000 y $500.000.

El SII habilitó un sitio en su web para realizar el trámite, el cual se puede realizar una sola vez para acceder a este beneficio hasta abril de 2025 o hasta que no se cumplan los requisitos necesarios.

Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia

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