Un duro golpe recibió la economía y el empleo desde fines de marzo y en abril, con el regreso de las cuarentenas extendidas por gran parte del país, lo que llevó a nuevamente a muchas empresas a hacer uso de la Ley de Protección del Empleo.
De acuerdo a un informe del Ministerio del Trabajo, a mediados de marzo solo uno de cada diez trabajadores a los que les habían suspendido su contrato desde el inicio de la pandemia se mantenía en esa condición. Datos muy buenos, pero que se registraron justo antes que volvieran los confinamientos. Desde entonces la situación cambió.
A mediados de marzo se registraban 78.537 personas bajo suspensión de contrato, de las 773.685 que pasaron por esa condición. A fines de abril quienes estaban suspendidos subieron a 205.182, es decir, un alza de 161% y la cifra más alta desde octubre de 2020. De las solicitudes vigentes, 170.283 se encuentran acogidas a suspensión por acto de autoridad, 21.392 a suspensión de mutuo acuerdo y 13.507 a suspensión por motivos de cuidado, en virtud de la Ley de Crianza Protegida.
Durante marzo las nuevas suspensiones llegaron a 91.382, en su mayoría en la última parte del mes. La cifra es la más alta para un mes en particular desde mayo del año pasado, cuando se registraba el peor momento de la pandemia. En tanto, en abril totalizaron 57.202. Con esto, al 30 de abril, a 13 meses de la entrada en vigencia de la ley, se contabilizaban 820.678 personas que en algún momento vieron suspendidos sus contratos, lo que equivale al 13% de los trabajadores dependientes del país. Es más, los 205 mil suspendidos actuales implica que 1 de cada 4 trabajadores que alguna vez fue suspendido, estaba suspendido al 30 de abril.
“En marzo y abril se observa un repunte en las suspensiones vigentes, lo que es esperable dado el recrudecimiento de la pandemia en estos meses, y el endurecimiento de las restricciones a la movilidad. Sorprende, eso sí, que el uso de las suspensiones actualmente es muy inferior al observado en la primera ola, esto debido en parte a una mejor adaptación de los trabajadores, lo que es consistente con las mayores tasas de trabajo a distancia que se observa en las últimas encuestas”, señala Úrsula Schwarzhaupt, jefa de Estudios del Ministerio del Trabajo.
La encargada del estudio agrega que “la Ley de Protección al Empleo ha demostrado ser muy acomodadora de las condiciones sanitarias imperantes, observándose mayores usos en los momentos en que las restricciones aumentan. A futuro esperamos que la masificación de la vacuna permita ir liberando las restricciones sanitarias, permitiéndonos concentrarnos en la reactivación del empleo, donde todavía hay una brecha importante. Sin embargo, esto dependerá del comportamiento del virus, lo que todavía es incierto”.
En una línea similar, el director del Observatorio del Contexto Económico de la UDP, Juan Bravo, indica que, a pesar del aumento de los últimos meses, “la utilización de este mecanismo es mucho más baja que lo observado durante la primera ronda. Esto se puede explicar por la expectativa de que esta segunda ronda de cuarentenas masivas será más breve que la primera, y porque, de hecho, paulatinamente han ido saliendo algunas comunas de fase 1”.
De todas formas, el experto alerta sobre los efectos más prolongados en el mercado laboral de este segundo aumento de suspensiones. “Se debe tener en cuenta que junto con el aumento de los contratos suspendidos y, por ende, de los ocupados ausentes, habrá destrucción de empleos, tanto por aquellos casos de empleos dependientes formales en donde no se ha optado por la suspensión y directamente se han realizado desvinculaciones, como por la caída del empleo informal debido a la imposibilidad de realizar múltiples actividades debido a las cuarentenas. Esto lo veremos más nítidamente con las cifras del trimestre febrero-abril 2021 que saldrán a fin de mes”, adelanta.
En el detalle
El documento también indica que, en cuanto a la composición por sexo de las suspensiones de contrato aprobadas, el 59,9% de los puestos de trabajo suspendidos eran ocupados por hombres mientras que el 40,1% eran ocupados por mujeres. Estas proporciones, afirman desde el ministerio, están en línea con las de los cotizantes del Seguro de Desempleo.
El ministerio considera como “vigentes”, las suspensiones que al 30 de abril de 2021 si aún se encontraban devengando pagos. “Es importante notar que un trabajador puede recibir pagos por una solicitud que ya no está vigente, puesto que los pagos pueden tener un cierto rezago respecto al periodo de devengo. Si una solicitud de suspensión cumplió su calendario de pagos, no es posible determinar si mantienen suspendidos los efectos del contrato de trabajo o si el trabajador retomó labores, ya que no hay información disponible del retorno del trabajador a su actividad laboral”, puntualizan en la cartera. Esos casos se catalogan como “Pacto pagado”, mientras los “No vigente” son aquellos en el que empleador activamente informa el término de la suspensión.
Por sector económico, el informe señala que el 31,5% de las suspensiones vigentes se concentra en Comercio, el 22,8% en Actividades de alojamiento y de servicio de comidas y el 8,0% en Industrias manufactureras.
Con el paso de los meses, los distintos rubros han ido evolucionando de forma diferente. Por ejemplo, el sector de Alojamiento y comidas es tercero en el número total de suspensiones realizadas desde el inicio de la pandemia, pero actualmente es el segundo con más solicitudes vigentes. Mientras, la construcción, que es el segundo en el número total, ahora pasó al sexto puesto entre las suspensiones vigentes, gracias a los desconfinamientos y permisos especiales que tiene buena parte de ese sector para trabajar a pesar de la situación sanitaria de las comunas, al ser considerados esenciales.
En tanto, el sector de actividades artísticas y de entretenimiento estaba con más de la mitad del total de sus suspensiones todavía vigentes, debido a que es uno de los sectores que menos ha podido volver a sus labores de forma habitual.
Por tamaño de empresa, el 72,7% de las suspensiones aprobadas durante la pandemia son a trabajadores de micro, pequeñas y medianas empresas, mientras que el 27,3% restante realiza sus labores en empresas grandes. Esto evidencia que el uso de la Ley de Protección del Empleo fue usado de forma más concentrada en las MiPymes, ya que ahí está el 52,3% de los asalariados, es decir, en proporción ocuparon mucho más el instrumento de suspensión.
El documento explica que lo anterior se puede deber a las mayores restricciones de liquidez que enfrentan las firmas de menor tamaño en medio de la pandemia, junto con el mayor costo que representan las remuneraciones dentro del total de costos para ese tipo de empresas.
También hay información respecto a los deciles de ingresos a los que pertenecen los trabajadores suspendidos. Según el informe, las suspensiones se distribuyen principalmente en los deciles bajos y medios, en particular entre el decil 2 y el 5 en el caso de los hombres (con el 60%del total) y entre el 1 y el 4 para las mujeres (con el 59%).
Por el contrario, los deciles de mayores ingresos, el 9 y el 10 suman solo el 6,9% del total de los hombres suspendidos y el 6,2% de las mujeres en la misma condición.