La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que hoy puso en consulta pública dos nuevas normas de carácter general que introducen perfeccionamientos y precisiones a los Compendios de Normas respecto a la inversión en activos alternativos por parte de los Fondos de Pensiones y de Cesantía.

El período de consulta finaliza el próximo 29 de noviembre de 2019.

En particular, los principales cambios introducidos son los siguientes:

• Nuevas disposiciones para los créditos sindicados, destacándose el canje del pagaré asociado al crédito por bonos u otros instrumentos emitidos por el deudor.
• Nuevas disposiciones para la custodia de activos alternativos extranjeros.
• Nuevas disposiciones en seguridad de las inversiones en activos alternativos en el extranjero.
• Valorización de créditos sindicados y mutuos hipotecarios endosables con tasa variable.
• Eliminación de las referencias a commodities y hedge funds de regulación sobre las notas estructuradas.
• Perfeccionamientos a reportes financieros sobre inversiones en activos alternativos que deben enviar las administradoras de fondos de pensiones (AFP) y la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) a la Superintendencia de Pensiones.
• Consolidación de instrucciones y circulares
Las nuevas normas en consulta también tienen como objetivo la consolidación de las instrucciones y circulares en materia de activos alternativos. La idea es incluir en los Compendios de Normas de los Fondos de Pensiones y de Cesantía toda la regulación de inversión en activos alternativos que la Superintendencia ha establecido mediante oficios dirigidos a las AFP y AFC en 2018 y 2019.

Dichos oficios establecieron disposiciones relativas a:
• Consideraciones de los activos alternativos en los límites de inversión.
• Elegibilidad de activos alternativos para los Fondos de Pensiones y de Cesantía.
• Consideraciones para la infraestructura nacional y mutuos hipotecarios endosables.
• Instrucciones para reportar estas inversiones en los formularios del Informe Diario y en el Informe de Activos Subyacentes.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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