Por medio del Dictamen N°1819 del 28 de enero 2019 la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) analizó el requisito de tres meses de cotizaciones para acceder a subsidio de incapacidad laboral por licencia médica.

Sobre el particular indicó que “el artículo 4° del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, dispone que para tener derecho a subsidio por incapacidad laboral se requiere un mínimo de seis meses de afiliación y tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica correspondiente”.

Añadió que de “acuerdo a la interpretación de este Servicio respecto del requisito de tres meses de cotizaciones, debe entenderse cumplido en el evento que el trabajador tenga un mínimo de 90 días de cotizaciones continuas o discontinuas dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica, considerando los días trabajados y cotizados.

El inciso segundo del precepto legal citado, modifica la regla general anteriormente señalada, en cuanto a que los trabajadores dependientes contratados diariamente por turnos o jornadas, además del período mínimo de seis meses de afiliación, requieren a lo menos un mes de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores al inicio de la respectiva licencia médica. De este modo, estos trabajadores deben contar con un mínimo de 30 días de cotizaciones continuas o discontinuas dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica correspondiente”.

Fuente:  iConsulta Laboral

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