Tras varias sesiones celebradas (16 solo este año), acompañadas de un arduo debate, la Comisión de Trabajo y Previsión Social despachó a su par de Educación y Cultura, el proyecto de ley que crea el beneficio social de educación en el nivel de sala cuna, financiado por un fondo solidario.

Cabe precisar que el mensaje será analizado, además, por la Comisión de Hacienda, antes de ser visado por la Sala del Senado.

La iniciativa, que posee discusión inmediata, comenzó su tramitación en agosto de 2018 y las diferencias entre los legisladores parecían irreconciliables, pero finalmente se zanjó el articulado, en el que se precisa que será el Instituto de Previsión Social (IPS) el administrador del Beneficio, el que se otorgará en 2/3 a partir de las 12 horas laborales semanales y desde las 30 horas trabajadas, se recibirá íntegramente.

Además, se concordó que las empresas que tengan más de 100 trabajadores deberán pagar el traslado de los niños y dentro de un plazo de 4 años, desde la publicación de la ley, se deberá evaluar la incorporación de la cobertura de traslado para empresas de menos trabajadores.

La transición para los cambios al artículo 203 del Código del Trabajo (que actualmente restringe el derecho de sala cuna a empresas que tengan más de 20 trabajadoras) será de 30 meses.

Con respecto a la causal de término del Beneficio, se acordó por mayoría que será la inasistencia grave e injustificada de un niño o niña, entendiéndose por tal aquella que supere el 55% de inasistencia en un período de dos meses calendario cuando estas no se encuentren debidamente justificadas.

En la misma línea, los establecimientos de educación parvularia que cuenten con la autorización para funcionar como tales deberán informar mensualmente la matrícula y la asistencia de los niños que atiendan.

Para garantizar la continuidad de los menores en sala cuna, se pactó que si la madre pierde su fuente laboral, el niño podrá mantener la matrícula siempre que permanezca al programa Chile Crece Contigo.

Durante las múltiples sesiones, la Comisión estuvo constantemente flanqueada con la presencia de los ministros Nicolás Monckebergde e Isabel Plá, de Trabajo y la Mujer, respectivamente.

Entre los temas constantemente debatidos, además de los ya mencionados, estuvieron el resguardo de las bases de datos, no perder los derechos adquiridos y el considerar a las trabajadoras temporeras.

¿Qué modifica el proyecto?

La iniciativa busca modificar el artículo 203 del Código del Trabajo, que restringe el derecho de sala cuna a empresas que tengan más de 20 trabajadores.

Se crea un fondo solidario con el 0,1% de cotización, que se recargará al empleador, con esto se termina con la exclusión presente y obliga a más de un 70% de empresas que hoy no pagan sala cuna a hacerlo.

¿Quiénes podrán acceder?

La madre trabajadora o el padre trabajador de los menores de 2 años

¿Cuál será el monto a otorgar a la madre trabajadora?

Se financiará una sala cuna en un recinto público o privado por un monto de 245 mil pesos.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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