La Corte de Apelaciones de Santiago en sentencia del 24 de agosto de 2017, recurso Rol 1033-2017, señaló que no se cumple requisito de beneficio de semana corrida si no se acredita devengo diario de comisiones.

La sentencia argumentó que constituye un error pretender que los emolumentos variables se devengan diariamente porque se requiere de actividad laboral diaria para su obtención. Si así fuera, significaría que todos los trabajadores tendrían derecho a la semana corrida; tal aseveración importa algún grado de confusión entre dos conceptos distintos: el modo de ejecutar o de prestar los servicios y la exigibilidad de la remuneración variable. Lo que se devenga diariamente es lo que resulta de la jornada diaria, aquello que se hace exigible día a día y es posible de cuantificar, de medir o de fijar en su monto, cada vez, por cada día transcurrido.

Acontece que de los hechos asentados en la causa, nada existe que conduzca a esa conclusión. Por el contrario, fluye que esa determinación exige el transcurso de períodos que superan la actividad diaria y requiere actividad del empleador en relación a la laboral desplegada y a las metas fijadas.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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