La Superintendencia de Pensiones (SP) informó que a partir del 1° de febrero de 2019, el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo asciende a 79,2 Unidades de Fomento (UF). Por otra parte, el tope imponible mensual que deberá considerarse para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía será de 118,9 UF.
La legislación vigente establece que ambos valores deben reajustarse anualmente cuando el Índice de Remuneraciones Reales que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) registra variaciones positivas. Para el reajuste de los topes imponibles de este año corresponde utilizar la variación de dicho índice entre noviembre de 2017 y noviembre de 2018. Mediante el Oficio Ordinario N° 167, del 7 de febrero de 2019, el INE informó que la variación ascendió a 1,2%, valor que difiere de la cifra provisoria informada en enero pasado, lo que obligó a la SP a recalcular los topes imponibles a aplicar para el pago de cotizaciones.
Los nuevos topes imponibles se aplicarán a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de febrero de 2019, que deben pagarse hasta el 11 de marzo de este año, plazo que se extiende hasta el 13 del mismo mes si la operación se realiza a través de medios electrónicos
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia