La Corte Suprema en sentencia del 18 de marzo de 2020, Rol 25154-2019, indicó que la madre que cumple jornadas de trabajo de 24 horas tiene derecho a 3 horas para alimentar a hijo menor lactante.

Argumentó que “la expresión “jornada” a que se alude en la letra a) del artículo 206 del Código del Trabajo debe ser entendida conforme lo asentado en el considerando precedente, esto es ocho horas, teniendo especialmente presente las necesidades propias del ciclo vital del hijo lactante, por lo tanto la madre de éste, cuando cumple turnos de 24 horas, a estos efectos está realizando tres jornadas de trabajo por lo tanto tiene el derecho irrenunciable a tres horas en dicho período de tiempo para alimentar a su hijo”.

“En consecuencia resulta cuestionable la aplicación injustificadamente restrictiva que hace la recurrida toda vez que se aleja del espíritu de la ley que buscar proteger no sólo a la madre trabajadora sino también al lactante que depende de ella, desconociendo derechos fundamentales internacionalmente reconocidos como son el apego y la lactancia materna”.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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