Isapre Banmédica acudió al Tribunal de la Libre Competencia (TC) para solicitar la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR) en virtud de los cuales se reconoce como gasto rechazado las costas en casos de juicios por alzas de planes, lo que implica que tales gastos están afectos a impuesto.

En sus argumentos, los abogados de la aseguradora acusan que la petición “se inserta en un contexto regulatorio confuso e incierto donde el Estado no ha cumplido su obligación de regular en forma clara a los actores, del sistema”.

Agregan que “en efecto, desde hace años hay en Chile un acuerdo extendido respecto a la necesidad imperiosa de modificar el marco regulatorio que rige a las adecuaciones de los precios de los planes de salud de las isapres. Pero, esta exigencia no ha sido oída por los únicos que tienen en sus manos la capacidad de generar un cambio: los poderes ejecutivos y legislativo. Y esta parálisis regulatoria no sólo ha generado, como veremos, una industria del litigio sino que ahora pretende ser aprovechada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para aumentar la recaudación fiscal”.

El documento indica que tienen la “convicción de que se están violando principios y derechos constitucionales arraigados cuando el Estado (el mismo que no ha sido capaz de legislar para dar solución a esta situación anómala) se aprovecha de esa omisión para, por la vía de decisiones tributarias, exigir que esta parte entere en arcas fiscales más de $ 2.214 millones, que se originan por la aplicación de la norma cuestionada”. Ello, añaden, además de los más de $ 4.045 millones que la isapre ha pagado por concepto de costas a los abogados en los años tributarios 2013, 2014 y 2015.

Esta acción se suma a la de Consalud, en respuesta a la acción del SII de agosto de 2016, cuando confirmó que las costas personales originadas en los juicios de cotizantes en contra de las isapres por aumentos de los planes no constituyen gastos necesarios para producir la renta y por tanto deben pagar tributo por el 35%.

Artículo de C. Arroyo

Fuente: La Tercera

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