La NCh 3262-2012, es una norma que propone la implementación de un Sistema de Gestión de Igualdad de Género y Conciliación de la vida laboral en la lógica de la corresponsabilidad, al interior de las organizaciones, estableciendo los requisitos mínimos que deben cumplirse, con el fin de mejorar la eficiencia, eficacia y promover un mayor compromiso con el desarrollo y bienestar de las personas que la integran.

Se trata de un instrumento de aplicación voluntaria, que sigue la estructura de las normas NCh –ISO 9001, NCh – ISO 14001 o NCh-ISO 18001, con el fin de facilitar la integración de los modelos de gestión que tengan las organizaciones, y que deseen aplicarla y que ha sido aprobado por un organismo que, en el caso de Chile es el Instituto Nacional de Normalización (INN).

Por medio del Oficio N°3145 del 30 de diciembre 2019 el Servicio de Impuestos Internos (SII) precisó las condiciones para que el gasto en la implementación de dicha Norma sea considerado como necesario para producir la renta.

Así indicó que “de acuerdo a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 31, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), la renta líquida afecta a Impuesto de Primera Categoría (IDPC) se determina deduciendo de la renta bruta todos los gastos necesarios para producirla, que no hayan sido rebajados en virtud del artículo 30, de la LIR, pagados o adeudados durante el ejercicio comercial correspondiente, siempre que se acrediten o justifiquen en forma fehaciente ante el Servicio de Impuestos Internos.

En lo concerniente a la necesidad del gasto, este Servicio ha señalado reiteradamente que dicha exigencia dice relación con aquellos desembolsos de carácter inevitable u obligatorio en relación con el giro del negocio, considerando tanto la naturaleza, como el monto del gasto, es decir, hasta qué cantidad el gasto ha sido necesario para producir la renta afecta al IDPC. Por lo tanto, la necesidad de un gasto, implica determinar, en cada caso concreto y considerando las circunstancias particulares de la actividad desarrollada por el contribuyente, si el desembolso incurrido contribuye a la producción de la renta afecta”.

Añade que “este Servicio entiende que el proceso de evaluación de la aplicación voluntaria de la NCh 3262-2012 concluye con la respectiva certificación otorgada por una entidad acreditada para estos efectos, al cumplirse con los requisitos que contempla”.

Concluye el pronunciamiento que “si los gastos incurridos en la implementación de la Norma Chilena N° 3262-2012, en el supuesto que ellas estuvieren contempladas en el marco de la misma-, tienen por objeto mejorar los procesos internos de la empresa, con iniciativas focalizadas en el mejoramiento o implementación de procesos de reclutamiento y selección, acceso igualitario a capacitaciones, posibilidades de desarrollo de carrera, medidas para la participación en cargos de decisión, y creación o mejoramiento de infraestructura para la fuerza laboral, entre otros, es posible sostener que todo ello redunda en un mejor clima laboral y mejor productividad, efecto económico que se reflejará en el futuro en mayores ingresos para la empresa que se acoge a dichas medidas, incentivadas por el propio Estado, por lo que podrán ser considerados como necesarios para producir la renta afecta a IDPC, siempre que reúnan las demás condiciones que se desprenden del propio artículo 31, de la LIR, especialmente la razonabilidad en cuanto a su monto, considerando las características particulares de la empresa que efectúa tales desembolsos”.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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