A través de su sitio institucional el SII informó a los contribuyentes que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.325 sobre Impuesto Territorial, el 1 de enero de 2020 entró en vigencia el proceso de Reavalúo para Bienes Raíces Agrícolas de todo el país, proceso que debe realizarse cada cuatro años y que en esta oportunidad coincide con la actualización de los avalúos de los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros.

El reavalúo consiste en un proceso de diferentes etapas. La primera de ellas, es la determinación de las tablas de valores fiscales de terrenos y construcciones, que se aplicarán de manera general a todos los bienes raíces, en base a las características propias de cada predio. La determinación de estos valores considera un análisis del comportamiento del mercado inmobiliario, con el objeto de recoger las plusvalías o minusvalías que ha experimentado en un periodo de tiempo. Posteriormente, se lleva a cabo un proceso masivo de actualización de los avalúos o valores fiscales individuales de las propiedades. Este nuevo valor sirve de base para determinar las propiedades gravadas o exentas del pago del Impuesto Territorial, más conocido como contribuciones.

Es decir, estos nuevos avalúos son determinados en un proceso técnico efectuado por el SII, velando por mejorar la equidad tributaria y disminuir distorsiones entre el valor fiscal vigente y los precios de mercado de los bienes raíces, ya que la tasación fiscal corresponde a la base imponible para el cálculo del Impuesto Territorial.

Durante este año, el total de predios reavaluados en ambos procesos corresponde a 1.068.353, de un total de 8.028.169 que existen en el país. De los predios reavaluados, 948.043 son predios agrícolas y 120.310 corresponden a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros.

Reavalúo Agrícola En los últimos cuatro años el sector silvoagropecuario del país ha experimentado transformaciones, producto de la implementación de nuevas tecnologías para el mejor uso de los recursos, cambios de demanda interna y externa, más otros factores que inciden en el precio de los inmuebles. Justamente los nuevos avalúos recogen esta variación, mejorando la equidad tributaria.

El estudio de estos valores, concluye con la actualización de tablas a nivel de cada comuna, en la cual se señala el nuevo valor para cada una de las 4 clases de suelo correspondiente a Riego, y de las 8 clases correspondientes a Secano, dentro de las cuales existen 4 Arables y 4 No Arables. Es necesario destacar que, para ello, se han considerado más de 25.000 muestras, incluyendo transferencias y tasaciones bancarias, así como también la realización de reuniones con agentes inmobiliarios vinculados al agro, tanto públicos como privados, que en conjunto han aportado más de 1.300 datos que contienen información relevante del mercado. Dentro del estudio, se han considerado además los diferentes tipos de uso de suelo, que incluyen cereales, forestal, frutales, ganadería, hortalizas, entre otros. Cabe señalar que las muestras recogidas contemplan el periodo comprendido entre el segundo semestre de 2015 y el primer semestre de 2019.

En conjunto con cada proceso de reavalúo, se define además el valor exento, bajo el cual los predios no pagan contribuciones, el cual a partir del 1 de enero de 2020 alcanzará $ 24.123.736, lo que deja un total de 773.352 predios agrícolas exentos de este tributo, y un 18,4% afectos a él.

Reavalúo de sitios no edificados

En el caso del Reavalúo de Sitios no Edificados, Propiedades Abandonadas y Pozos Lastreros, la ley indica que cada año el Servicio de Impuestos Internos debe reavaluar las propiedades de estas características que se ubican en áreas urbanas. Estas fueron informadas al SII por las distintas municipalidades durante 2019, de acuerdo con las modificaciones establecidas en la Ley N° 21.078 sobre Transparencia del Mercado del Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano.

Cabe señalar que, del total de 120.310 predios de este tipo reevaluados, alrededor de 22 mil predios corresponden a predios fiscales. Asimismo, un poco más de 80 mil predios se ven afectos a la sobretasa de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, por corresponder a predios de este tipo que se encuentran ubicados dentro del radio urbano, pero fuera de la zona de extensión urbana. Son eximidos de esta sobretasa, los predios que no tienen acceso a disponer de agua potable y alcantarillado.

El proceso de reavalúo se inició con la firma y publicación en sii.cl de la Resolución Exenta SII N° 144 y N° 145, ambas del 31 de diciembre de 2019, y la publicación en el sitio web del SII de un Portal Informativo, que irá recogiendo gradualmente la información del mismo.

Fuente:  iConsulta Tributaria

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