Por medio de la Resolución Exenta del Nº91 del 21 de agosto de 2020 el Servicio de Impuestos Internos estableció la obligación de informar las transacciones con tarjetas de pago a los bancos por adquisiciones de bienes o la contratación de servicios realizadas a vendedores o prestadores de servicios sin domicilio ni residencia en Chile mediante tarjetas de crédito, débito, de pago con provisión de fondos u otros sistemas de pago análogos.
La Resolución fijó un calendario trimestral para efectos del referido reporte deberá ponerse a disposición de este Servicio vía Web Service, conforme a las instrucciones que se comunicarán oportunamente a los obligados.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia