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Las comisiones de Trabajo y de Hacienda de la Cámara sesionaron de manera extraordinaria durante esta mañana. El objetivo era votar la indicación presentada por el Gobierno que permite extender hasta fin de año el permiso postnatal parental (boletín 15.418).
La iniciativa fue aprobada en general la semana pasada en la Sala de la Cámara. Sin embargo, debió volver a la Comisión de Trabajo porque parlamentarios insistieron en presentar una indicación para aumentar la extensión original de la norma.
Finalmente, en la sesión del martes en la tarde de la comisión, la ministra de Trabajo solicitó debatir durante la mañana del miércoles la propuesta. Así, se logró avanzar en la tramitación de la iniciativa que, ahora, pasa a tercer trámite, al Senado.
Extensión del beneficio
La nueva norma establece el derecho a las y los trabajadores a extender, transitoriamente, su permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre del presente año. Lo anterior, cuando se encuentren haciendo uso del beneficio y su término ocurra entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre de 2022.
Adicionalmente, podrán acceder a este beneficio quienes hayan regresado a sus funciones, tras la finalización del permiso postnatal. Asimismo, se aplicará a las personas beneficiarias del postnatal parental extendido por la Ley 21.474 y que no hubieran completado los 60 días continuos.
Las y los trabajadores deberán comunicar por escrito su decisión de ejercer este derecho o de reincorporarse a las funciones al término del permiso. Esto, mediante correo electrónico o carta certificada al empleador/a. Para dicho trámite contarán con cinco días hábiles antes de la fecha de término del permiso. Deberá ir con copia a la Inspección del Trabajo respectiva.
Con todo, la omisión de la comunicación por parte de la o el trabajador será entendida como una decisión de extender el permiso postnatal parental respectivo.
Si optan por acceder al beneficio, este deberá ejercerse en jornada completa y se extenderá desde el día siguiente al término del permiso postnatal parental.
Durante la extensión del permiso postnatal, la trabajadora o trabajador gozará de un subsidio. El monto diario y forma de pago será el mismo que el percibido por causa del permiso postnatal parental. Se financiará con cargo al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
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