¿Es la contabilidad un mal necesario o una herramienta vital?
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Cambios a los impuestos a la renta personal, restricciones a exenciones tributarias, medidas para combatir la elusión y evasión, la creación de un impuesto a la riqueza, la desintegración de sistemas y modificaciones al royalty minero.
Estos son los principales ejes de la reforma tributaria impulsada Gobierno, cuyo primer paquete de medidas ya fue ingresado a la oficina de partes de la Cámara de Diputados y Diputadas.
De esta forma, la propuesta, a la que le espera un largo camino en el Congreso, apunta a recaudar 4,1 puntos del Producto Interno Bruto (PIB), unos US$12.000 millones en los próximos cuatro años, con los que busca financiar la amplia agenda transformaciones sociales que el Ejecutivo trae bajo el brazo.
Y en esta primera moción, el Ejecutivo reveló en qué se destinarán esos 4,1 puntos adicionales del Producto. Por ejemplo, parte de esos ingresos extras financiarán la reforma de pensiones y al sistema de salud; también a fortalecer un nuevo Sistema de Cuidados; fomentar políticas de educación; implementar políticas de investigación y desarrollo; mayo autonomía para las regiones, entre otros.
“En síntesis, la reforma tributaria es esencial para financiar responsablemente otras reformas estructurales que siguen pendientes, y de cuyo éxito depende avanzar hacia un país más desarrollado, justo y moderno. Así, se espera que la reforma tributaria financie cerca de la mitad del programa de Gobierno”, resalta el proyecto de ley que ingresó al Congreso.
Pero según las proyecciones expuestas en el informe financiero, la recaudación sería gradual: de un 0,6% del PIB en 2023; de 1,85% en 2024; de 2,64% en 2025 y 3,29% en 2026. Lo anterior, gracias a la mayor cantidad de recursos que percibiría el Fisco a través de medidas que se detallan a continuación:
Impuesto a la Renta
El primer paquete de medidas establece una reestructuración del Impuesto a la Renta, que contempla, entre otras cosas, modificaciones al Impuesto Global Complementario, la implementación de un sistema dual, y cambios a la tasa de las ganancias de capital en instrumentos bursátiles. También introduce cambios en arriendos, fija una tasa al diferimiento de impuestos personales y la creación de un tributo sustitutivo a las utilidades acumuladas.
Dichas medidas, de acuerdo a las estimaciones del Gobierno, se traducirán en una mayor recaudación de 1,07% en régimen, es decir, $3.308.275 millones al 2026. Impuesto a la riqueza Otro punto de este primer proyecto dice relación con el impuesto a la riqueza que se busca crear, al cual quedarían sujetas las personas naturales, tanto en Chile como en el extranjero, cuyos patrimonios excedan las 6.000 UTA.
En concreto, el tramo de hasta US$4,9 millones quedará exento; mientras que aquellos entre US$4,9 y US$14,7 millones serán gravados con una tasa de 1%; y los que superen los US$14,7 millones pasarán a tributar bajo una tasa de 1,8%. Una vez en régimen, se proyecta que la recaudación aumente en 0,48% del PIB, en otras palabras, $1.360.879 millones para el 2026.
Limitación de exenciones
La primera parte de la reforma tributaria incorpora además la restricción, o directamente, la eliminación de ciertas exenciones, como pasara a gravar con Impuesto de Primera Categoría tanto los Fondos de Inversión Privados (FIP), como los Fondos de Inversión Pública (FIPU
En concreto, el tramo de hasta US$4,9 millones quedará exento; mientras que aquellos entre US$4,9 y US$14,7 millones serán gravados con una tasa de 1%; y los que superen los US$14,7 millones pasarán a tributar bajo una tasa de 1,8%.
Una vez en régimen, se proyecta que la recaudación aumente en 0,48% del PIB, en otras palabras, $1.360.879 millones para el 2026.
Limitación de exenciones
La primera parte de la reforma tributaria incorpora además la restricción, o directamente, la eliminación de ciertas exenciones, como pasara a gravar con Impuesto de Primera Categoría tanto los Fondos de Inversión Privados (FIP), como los Fondos de Inversión Pública (FIPU).
Junto con ello, se permitirá el acceso a Régimen de Renta Presunta solo a contribuyentes que califican como microempresarios (con ventas hasta 2.400 UF), proceso que se aplicará gradualmente.
A su vez, se limitará el uso de pérdidas al 50% de la renta líquida imponible; también se restringe la exención en intereses por crédito hipotecario a una vivienda; se elimina, a contar del año 2025, el beneficio por utilidades no retiradas para empresas en el régimen general, pero se mantiene para pymes, permitiéndoles acceder a una tasa efectiva del Impuesto de Primera Categoría de 12,5%.
Todo lo anterior apunta a una recaudación de 0,19% del PIB en régimen, y de $640.378 millones al 2026.
Evasión y elusión
Para reducir la evasión y la elusión, la iniciativa del Ejecutivo contempla diversas medidas, como modificaciones a cuerpos legales, la incorporación de nuevas herramientas -como el registro de beneficiarios finales y el denunciante anónimo tributario-, además de fortalecer medidas antielusión como la Normativa General Antielusión.
También fija pautas sobre precios de transferencia, rentas pasivas, exceso de endeudamiento, paraísos fiscales, tasación, y gastos rechazados, entre otras.
Por otro lado, se potencia la fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), a través de modificaciones a la normativa de secreto bancario y la posibilidad de establecer fiscalizaciones de manera jurisdiccional.
Ello permitiría al Fisco percibir 1,60% del PIB en régimen, y se prevé que podría allegar $4.521.031 para 2026.
Fuente: Ignacia Munita, Emol.com
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