
La Dirección del Trabajo a través del Ord. N°1227 del 12 de abril de 2021 que el criterio contenido en el Dictamen N°2210/035 del 10 de junio de 2009, reconoce dos modalidades que pueden tener las medidas de control y revisión de las personas que trabajan en una empresa:
– Revisión de todo el personal o sección, o
– Mecanismo de selección aleatoria a través de un sistema de sorteo que la empresa debe explicitar en el Reglamento Interno de la misma.
En ambos casos las medidas deberán resguardar los derechos fundamentales de los trabajadores.